Buenos dias a todos.
A ver si alguien me puede resolver esta duda. Según el REBT, ¿se pueden colocar las lineas eléctricas por debajo de tuberías de agua?. He visto que en la ITC BT 20, en el punto 2.1.1 dice que "Las canalizaciones eléctricas no se situarán por debajo de otras canalizaciones que puedan dar lugar a condensaciones, tales como las destinadas a conducción de vapor, de agua, de gas, etc., a menos que se tomen las disposiciones necesarias para proteger las canalizaciones eléctricas contra los efectos de estas condensaciones.", pero esta ITC es para instalaciones interiores o receptoras. ¿Que pasa con las LGAs y las derivaciones individuales?. ¿Si pueden ir por debajo de tuberías de agua?. Me parece extraño, pero no veo ningún punto del REBT que lo prohiba. Se que en el DB HS 4, punto 3.4.2 dice que "Las tuberías deben ir por debajo de cualquier canalización o elemento que contenga dispositivos eléctricos o electrónicos, así como de cualquier red de telecomunicaciones, guardando una distancia en paralelo de al menos 30 cm.", pero busco algo parecido a esto en el REBT, pues se trata de una instalación anterior al CTE. Por otro lado, 30 cm de distancia mínima entre una tubería de agua y una línea eléctrica, ¿no os parece excesivo?.
Un saludo.













