por Daniel_lr
- 22 Feb 2021, 22:34

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- 22 Feb 2021, 22:34
#370100
Buenas,
Acabo de embarcarme en la realización de proyectos de licencia de actividad por cuenta propia y como buen novato tengo un millón de dudas. Acudo a vuestra sabiduría basada en la experiencia (a la vez que me pondré en contacto con el ayuntamiento y el colegio de ingenieros) con el fin de poder aclarar algunas de mis dudas.
Me ha contactado un chico que quiere iniciar una actividad de lavado de coches y motos mediante agua a presión (no es autolavado y tampoco hay túnel). Con la información que me ha dado he podido clasificar la actividad según el anexo II de la Ley 20/2009,de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades (ámbito autonómico de Cataluña) y requiere de la obtención de una Licencia Ambiental. Hasta aquí todo bien, pero como os habrá pasado a muchos, surge la pregunta de siempre: ¿Qué requisitos debe reunir el local para adecuarse a dicha actividad?
Como ya os he avisado, soy novato y tengo un poco de lío mental con tanta normativa y tan confusa en ocasiones. Mi pregunta al respecto es: ¿Dónde debería consultar estos requisitos (normativa)?
Una primera idea que tengo es la siguiente:
- Tener en cuenta el CTE para zonas de oficinas o administrativas que pueda tener la actividad.
- RSCIEI para las requisitos de instalaciones contra incendios de la zona de lavado (la considero de uso industrial).
- REBT para la instalación eléctrica.
- ¿Alguna otra reglamentación específica que debiera tener en cuenta?
Entiendo que algunos de estos requisitos deben venir indicados en ordenanzas municipales o reglamentación específica. A ver si podéis arrojar un poco de luz sobre este tema.
Os doy las gracias por adelantado por atender a este tema del que sé que se ha hablado mucho por aquí y que es un tema recurrente, pero los iniciados como yo vamos un poco perdidos.
Un saludo,
Acabo de embarcarme en la realización de proyectos de licencia de actividad por cuenta propia y como buen novato tengo un millón de dudas. Acudo a vuestra sabiduría basada en la experiencia (a la vez que me pondré en contacto con el ayuntamiento y el colegio de ingenieros) con el fin de poder aclarar algunas de mis dudas.
Me ha contactado un chico que quiere iniciar una actividad de lavado de coches y motos mediante agua a presión (no es autolavado y tampoco hay túnel). Con la información que me ha dado he podido clasificar la actividad según el anexo II de la Ley 20/2009,de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades (ámbito autonómico de Cataluña) y requiere de la obtención de una Licencia Ambiental. Hasta aquí todo bien, pero como os habrá pasado a muchos, surge la pregunta de siempre: ¿Qué requisitos debe reunir el local para adecuarse a dicha actividad?
Como ya os he avisado, soy novato y tengo un poco de lío mental con tanta normativa y tan confusa en ocasiones. Mi pregunta al respecto es: ¿Dónde debería consultar estos requisitos (normativa)?
Una primera idea que tengo es la siguiente:
- Tener en cuenta el CTE para zonas de oficinas o administrativas que pueda tener la actividad.
- RSCIEI para las requisitos de instalaciones contra incendios de la zona de lavado (la considero de uso industrial).
- REBT para la instalación eléctrica.
- ¿Alguna otra reglamentación específica que debiera tener en cuenta?
Entiendo que algunos de estos requisitos deben venir indicados en ordenanzas municipales o reglamentación específica. A ver si podéis arrojar un poco de luz sobre este tema.
Os doy las gracias por adelantado por atender a este tema del que sé que se ha hablado mucho por aquí y que es un tema recurrente, pero los iniciados como yo vamos un poco perdidos.
Un saludo,