- 22 Sep 2010, 13:51
#240418
Hola,
según me han informado, os comento que a finales de Octubre (más o menos) saldrá una instrucción del Ayuntamiento de Barcelona que aclarará (solo para Barcelona) muchos de los temas que se han comentado aquí.
Basicamente, lo que hará sera complementar a la OMAIIA en cuanto a lo que cambia la misma con respecto a la LPCA (o PACA).
Del Anexo III, existirán tres anexos (A, B y C). El A serán las actividades que la PACA clasifica ya como Anexo III, el B serán las actividades que no aparecen en la PACA (oficinas, almacenes, hostelería de menos de 150 plazas, etc.) y el C serán las actividades que actualmente son III.3.
Los Anexos III.A y B se tramitarán como hasta ahora se tramitan los III.2 (a través de EAC), y los III.C como el III.3 (directamente en Ayuntamiento).
Seguramente (esto no lo tienen claro todavía), y para los casos de actividades que necesiten informe de bomberos, será la EAC quien enviará el proyecto al Servei de Prevenció, con el fin de que éste lo informe.
Está previsto igualmente redactar una Nueva Ordenanza de Actividades, pero esto sí que se retrasará (unos tres años, aproximadamente, tiempo similar al que tardó en salir la OMAIIA con respecto a la LIIA)
En cuanto a la forma de tramitar la licencia, esté afectada por la PACA, la nueva ley de Incendios (3/2010) y/o la de Espectáculos, se deberá tramitar como un solo proyecto, con 1, 2 y/o tres anexos (uno para cada ley). Lo comento de cara aque el trabajo del técnico se incrementa, y por lo tanto los presupuestos deberán tener en cuenta estos aspectos.
Informaros también que los que trabajéis con la EAC Union Jover, tiene retirada la acreditacion por parte de la Generalitat desde el 24 de Agosto
Saludos