- 30 Abr 2019, 09:18
#367031
Buenas.
Me han pedido legalizar una instalación de clima que en realidad es una reforma de otra ya existente y legalizada. Se trata de una instalación grande (un hotel), de más de 1000 kW térmicos, donde se reforma una planta. No se añaden generadores de frío/calor, pero al cambiarse parte de la instalación interior, hay que legalizar (es uno de los supuestos del RITE).
La pregunta es: a la hora de certificar, visar, inscribirla, etc, se consideran todos los generadores ya existentes, o no se pone ninguno? El RITE habla de la potencia de la instalación, pero en el caso de reforma no me queda claro.
gracias, saludos
- Proyectos de baja, clima, dirección de obra,...
- ¿Y dormir?
- No entra en presupuesto.
- Entiendo.