- 18 Ago 2008, 06:34
#104279
La competencia o atribución la establece la LOE en función del uso del edificio. Si el uso es Agrícola, sí que puede, incluso la parte del edificio con uso "subsidiario" al uso principal. Ahora bien, no es lo mismo rural que agícola o ganadero.
Sirva de ejemplo la casa del guarda de una industria, que puede ser proyectada por un Industrial.
Este tipo de actuaciones no está libre de interpretaciones (y no siempre inocentes) por parte de los técnicos municipales en cuanto a que es uso subsidiario. En ese sentido podemos tomar como referencia el Art. 3 de compatibilidad reglamentaria del RSCEI, que admite hasta 15 camas para alojamiento del personal sin necesidad de aplicar otra norma distinta.
Siento no conocer si existe algo similar para justificar que su uso es subsidiario al agrícola.