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#127229
Hola, no sé si se trata de una pregunta ya comentada, yo la he buscado y no he podido encontrarla. Se trata de lo siguiente: me ha salido para hacer un cuadro para un automatismo eléctrico, se trata de diseñarlo y de montarlo claro, y ahí viene mi duda, teniendo encuenta que mi situación actual es afiliado a mupiti y con el epígrafe 321, podría hacer ambas cosas (que es lo que me han solicitado) o por lo contratio solo el diseño (entonces no podría coger el trabajo y teniendo en cuenta que acabo de empezar por cuenta propia no estoy para dejarlos pasar). Si puedo hacerlo, como podría facturarlo? En que concepto? Y para desgravar los materiales? Por que teniendo en cuenta por ejemplo que en material podrían ir 1000€ por poner un ejemplo y en mano de obra y documentación 500€, de cara a hacienda me habría ganado 1500€ cuando en realidad me he ganado 500€. No sé os ha surgido esta situación alguna vez?
PD. Creo que pongo esta pregunta en el sitio adecuado, si no es así ruego me disculpen los moderadores.
Última edición por elecmi el 18 Nov 2008, 20:16, editado 1 vez en total
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#127233
Con el 321, (Ing Textiles y Otros :shock: :shock: )puedes hacer todo lo relacionado con la ingeniería, firma y demás, pero puede darte problemas con la compra venta de materia prima y elaboración de cuadros.

Este problema lo he tenido yo idéntico, pero en mi caso con componentes electrónica y Fabricación de tarjetas. Podía facturar la manufactura sin problemas, pero no meter los componentes como gastos.

Lo mejor es que vayas a tu delegación de Hacienda y les preguntes bajo que epígrafe de actividad sería aconsejable eso.
Te das de alta en ese epígrafe de Iae y listo. No hay costes, Ni nuevas declaraciones a ha hacer, solo que podrás hacer lo que pretendes.

:saludo
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#127265
Yo he hecho cuadros eléctricos y los he facturado además de desgravarme el material, de momento no he tenido ningún problema, eso sí, era para maquinaria de fábricas y automatismos de garajes, en los que no había que presentar el boletín del instalador.
No deberías tener problemas, y tampoco estamos hablando de una cantidad de dinero por la que te vaya a inspeccionar hacienda.
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#127274
puebla escribió:Yo he hecho cuadros eléctricos y los he facturado además de desgravarme el material, de momento no he tenido ningún problema, eso sí, era para maquinaria de fábricas y automatismos de garajes, en los que no había que presentar el boletín del instalador.
No deberías tener problemas, y tampoco estamos hablando de una cantidad de dinero por la que te vaya a inspeccionar hacienda.

Normalmente no los tienes, y no te miran nada..
De hecho que te impide poner en tu declaración gastos inesistentes, y declarar como tales, 900€ en un trimestre , por ejemplo..
Nada, en el IRPF y en el IVA, NO hay que aportar justificantes de factura, luego cuelas cualquier cosa.

Otro tema muy distinto que es que tengas una inspección, no digo motivado por eso, sino por lo que sea, entonces si te van a pedir libro y facturas de los ultimos años, y ahí te puedes llevar un susto, como que te digan que NO podias meterlo como gastos.

No se trata de si te cuela o no, sino de hacerlo o no bien.
Pregunta en tu delegación, y a ser posible por registro.

:saludo
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#127292
Yo lo consulte con mi gestor y me dijo que no habia ningun problema, si me crujen a mi lo crujo yo a el.
En cuanto al IRPF, me tiene dicho que solo tengo que aplicarlo a los trabajos "intelectuales", es decir, proyectos, informes, pss,...
Que todo lo que sea material lo puedo hacer sin retencion de IRPF, si es legal o no lo desconozco, me fio del gestor que sabe mas que yo para estas cosas, para eso es el profesional en la materia.

Si yo fuera elecmi ni me lo pensaba y lo hacia directamente.
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#127299
puebla escribió:Yo lo consulte con mi gestor y me dijo que no habia ningun problema, si me crujen a mi lo crujo yo a el.
En cuanto al IRPF, me tiene dicho que solo tengo que aplicarlo a los trabajos "intelectuales", es decir, proyectos, informes, pss,...
Que todo lo que sea material lo puedo hacer sin retencion de IRPF, si es legal o no lo desconozco, me fio del gestor que sabe mas que yo para estas cosas, para eso es el profesional en la materia.

Si yo fuera elecmi ni me lo pensaba y lo hacia directamente.

En mi caso, lo que hice es hablar con un tecncio de Hacienda, y me dijo que estaba mal así, que me diese de alta otra actividad, que no suponia coste adicional en ningún sentido. Así lo hice, pero tampoco habia tenido problemas con aterioridad. Mas no puedo decir tampoco, solo dispongo de esa experiencia, y conocimientos del tema los justos.
Pero bueno, una consulta por escrito a la delegación nunca viene mal, funcionan bien, y tienes un papel de respaldo..
En fin, esto es una opinión.
:saludo
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#127309
En eso llevas mas razon que un santo
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#127355
Gracias por las respuestas, veo que el tema interesa. Aquí el problema es que siendo autónomo por mupiti solo puedes estar dado de alta en el 321.
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#127405
elecmi escribió:Gracias por las respuestas, veo que el tema interesa. Aquí el problema es que siendo autónomo por mupiti solo puedes estar dado de alta en el 321.

¿En serio? :shock:
Desconozco la materia, pero ¿en base a qué justifican esa exclusividad? :mira

Por cierto, no estaría de más que editaras el título del post, porque parece una consulta sobre un tema eléctrico, cuando no es así.
Yo casi no entro a mirarlo precisamente por eso... :roll: :mrgreen:
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#127652
Pues lo he consultado en el colegio y me han dicho exactamente eso, que mupiti, como es la mútua de ingenieros técnicos solo te cubre el alta en autónomos para el epígrafe 321 que es precisamente el de ingenieros técnicos como han comentado por aquí arriba, de manera que para darte de alta en un IAE distinto debería ir al RETA, e ir al RETA con todo lo que supone para un miserable cuadro eléctrico pues creo que no vale la pena así que si no hay más segerencias creo que facturaré únicamente la mano de obra indicando en la factura el concepto de diseño. El material trataré de que vaya al nombre del cliente directamente.

PD: Por cierto he editado el título, tienes toda la razón.
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