ITI. Electricidad, ¿puede firmar proyectos de estructuras? (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

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#130183
raveri escribió:No me hagas mucho caso pero creo recordar que en el derecho latino, al contrario que en el derecho anglosajon la jurisprudencia no es fuente de derecho.


¿incluso se existen dos sentencias del tribunal superior o supermo o divino como quiera que se llame en este santo pais?.....lo digo porque tenia entendido que si eso sucedia, entonces si se sentaba jurisprudencia, Rav........

En cuanto a lo otro, estoy de acuerdo con p72riqur......pero una cosa es la opinion y otra lo que puedas hacer........no encontraras nada de tipo legal (artículo, ley etc) que te lo impida y un montón de lo mismo contradiciendose o difuminado.....sólo voluntades de personas en concreto (colegios contrarios, funcionario que interprete libremente, etc, etc)......

Aquí se ha debatido tropecientos millones de veces (y las que quedan) pero lo que es cierto que hay sentencias a favor de que si las puedes firmar (El Sr. Alé ha expuesto alguna vez creo recordar, con más detalles el tema......)

:saludo
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#130185
raveri escribió:No me hagas mucho caso pero creo recordar que en el derecho latino, al contrario que en el derecho anglosajon la jurisprudencia no es fuente de derecho.


Correcto, sin ser fuente del derecho por lo menos complementa a este (sobre todo las sentencias del tribunal supremo) y algo de relevancia tendrán en el juicio.
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#130186
Sr. 118 yo también quiero el teléfono de su abogado, es mas necesito el teléfono de su abogado.
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#130190
blasius27 escribió:
raveri escribió:No me hagas mucho caso pero creo recordar que en el derecho latino, al contrario que en el derecho anglosajon la jurisprudencia no es fuente de derecho.


¿incluso se existen dos sentencias del tribunal superior o supermo o divino como quiera que se llame en este santo pais?.....lo digo porque tenia entendido que si eso sucedia, entonces si se sentaba jurisprudencia, Rav........

En cuanto a lo otro, estoy de acuerdo con p72riqur......pero una cosa es la opinion y otra lo que puedas hacer........no encontraras nada de tipo legal (artículo, ley etc) que te lo impida y un montón de lo mismo contradiciendose o difuminado.....sólo voluntades de personas en concreto (colegios contrarios, funcionario que interprete libremente, etc, etc)......

Aquí se ha debatido tropecientos millones de veces (y las que quedan) pero lo que es cierto que hay sentencias a favor de que si las puedes firmar (El Sr. Alé ha expuesto alguna vez creo recordar, con más detalles el tema......)

:saludo


A ver en los "estates" si tu oyes Blasius contra Roverman año 2008 esto va a misa, en españa las sentencias anteriores pueden tenerlas en cuenta los jueces ya que se supone son "interpretaciones" de la ley, pero de hecho no son "ley" y en muchos casos hay sentencias contradictorias precisamente por la distinta interpretación de distintos jueces.
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#130202
pues el Raveri contra Roverman de 2008 existe una sentencia contradictoria...... :mrgreen: :mrgreen:

Yo habia oido lo que comenta Rover y por eso preguntaba.......tambien sabia lo de la jurisprudencia por algun comentario que me habia hecho un abogado que tengo por la familia.......
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#130204
blasius27 escribió:pues el Raveri contra Roverman de 2008 existe una sentencia contradictoria...... :mrgreen: :mrgreen:

Yo habia oido lo que comenta Rover y por eso preguntaba.......tambien sabia lo de la jurisprudencia por algun comentario que me habia hecho un abogado que tengo por la familia.......


Lo que dice Rover, como casi siempre, no es contradictorio con lo que dice "el raveri"... :roll:
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#130212
Vamos a ver, no es lo mismo una sentencia del tribunal supremo que una sentencia de un juzgado de un pueblo.

La sentencia del tribunal supremo de la que hablo es muy importante, y según me dijo mi abogado es muy dificil por no decir imposible que un juzgado de una localidad contradiga lo que dice el supremo, sobre todo porque esa sentencia cambió la línea jurisprudencial que había hasta entonces. Todas las sentencias posteriores, incluso la que cuelga Alé, hacen referencia a ésta, que es la que crea jurisprudencia.

Si queréis conocer la sentencia os podéis meter en la pagina del tribunal supremo, en el apartado jurisprudencia - base de datos, y buscar el recurso de casación 7785/1994.
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#130241
raveri escribió:Lo que dice Rover, como casi siempre, no es contradictorio con lo que dice "el raveri"... :roll:

:yep
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#130242
s118 escribió:Vamos a ver, no es lo mismo una sentencia del tribunal supremo que una sentencia de un juzgado de un pueblo.

La sentencia del tribunal supremo de la que hablo es muy importante, y según me dijo mi abogado es muy dificil por no decir imposible que un juzgado de una localidad contradiga lo que dice el supremo, sobre todo porque esa sentencia cambió la línea jurisprudencial que había hasta entonces. Todas las sentencias posteriores, incluso la que cuelga Alé, hacen referencia a ésta, que es la que crea jurisprudencia.

Si queréis conocer la sentencia os podéis meter en la pagina del tribunal supremo, en el apartado jurisprudencia - base de datos, y buscar el recurso de casación 7785/1994.


Es muy relevante pero solo eso y tendrás un as en la manga, un juez (aunque sea de pueblo) puede sentenciar en tu contra por mil motivos por lo que habrá que acudir nuevamente al TS.


SALUDOS
Última edición por roverman el 27 Nov 2008, 18:42, editado 1 vez en total
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#130245
s118 escribió:Si queréis conocer la sentencia os podéis meter en la pagina del tribunal supremo, en el apartado jurisprudencia - base de datos, y buscar el recurso de casación 7785/1994.


La he encontrado y hace una exposición muy, muy clarita de los hechos.
S118, :plas :plas

Creo que había un hilo al repecto, más genérico, donde se podría introducir esta sentencia, para servir como apoyo documental. Si no lo hace nadie luego la subo yo.

:saludo
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#130246
Venga motero no te hagas de rogar, súbela que quiero leerla. :brindis
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#130638
En ITI electricidad las estructuras se tocan poquito, si bien es cierto que en las metálicas se profundiza bastante más.



No obstante, me alegro de que no pongan trabas, la vida da muchas vueltas :D
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#130710
La verdad es que se toca poquito de todo, pues cuando terminas la carrera sales metido en una burbuja que poco tiene que ver con la realidad. Es a base de currartelo haciendo proyectos, estándo al día a dia, etc. cuando de verdad te formas.

S :cabezazo

:usuario
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#130740
raveri escribió:No me hagas mucho caso pero creo recordar que en el derecho latino, al contrario que en el derecho anglosajon la jurisprudencia no es fuente de derecho.


La jurisprudencia del Tribunal Supremo SI es fuente de derecho mientras no se legisle en contrario sobre la materia juzgada.
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#130742
p72riqur escribió:Lo que no veo lógico ni normal es que a mi como ITI mecánico me limiten a realizar instalaciones hasta 250 HP, y un electrico pueda hacer una nave industrial de 140 tn de hierro o lo que salga......


Eso es porque tu colegio no ha dado con la fórmula para convertir las 140 tn de estructura en potencia (CV). :cabezazo :cabezazo

El tema se las trae.

A mi (soy mecánico) Industria y las OCAS me piden el título para verificar lo de los 250 CV de una instalación eléctrica pero al lado hay un eléctrico entrando un proyecto de clima de 750 kW y no pasa nada.

De las estructuras mejor no hablar. En la oficina tengo dos proyectos de estructuras (firmadas por eléctricos) en los cuales no están acotados los planos constructivos de los pórticos y no hay ni un cálculo estructural. Los dos se tramitaron sin incidencias. ¡Con dos coj..es!

Mi abuelo ya lo decía: O todos moros o todos cristianos.

El dia que a alguien se le hinchen las narices y le meta un pleito al colegio arderá Troya.
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