Sophie Germain escribió:ricmenper escribió:Ya, eso ya lo suponía, pero mi pregunta iba mas dirigida al porqué de ese porcentaje, es decir, si el movil es privado es un 25% y punto ¿o el porcentaje lo estimas tu? Lo digo porque hay gente que su movil privado lo utiliza bastante mas para trabajar que para hablar con los amigos.
Disculpa. No sé si hay unos porcentajes fijos o no, pero entiendo que si puedes justificar mayor gasto de móvil de forma profesional pues puedes aumentar el porcentaje; todo es cuestión de estudiar las facturas y hacer una media. Supongo.
Así es, no hay porcentajes fijos. Es responsabilidad de cada uno el establecer la imputación de determinados gastos compartidos a la actividad. En mi caso he valorado que el % de gasto de telefono fijo y movil, etc que son debidos a la actividad son los que indico.
Pero como dice Sophie, depende de la valoracion que tu hagas. En teoria, lo que deberia hacerse por ejemplo en el caso del telefono, es apuntar todas las llamadas que van a cuenta de la actividad, y cuando te llega la factura, pues desgravarte solo esas. Lo mismo con la gasolina.
Este procedimiento ya se ve que es iniviable en este tipo de gastos, por eso lo que se hace en la practica es una estimacion del % imputado a la actividad.
A partir de ahi, si tu consideras que el gasto del telefono movil se debe en un 75% a la actividad por cuenta propia, pues te los desgravas sin problemas.
La pregunta que debes poder responder siempre es: ¿Podré justificar estos gastos delante de un inspector de hacienda con ganas de buscarne problemas ?"
May the Force be with you... (Yoda Jedi Master)