- 09 Feb 2009, 14:10
#142592
Buenos días a todos:
A ver si me podéis ayudar con una duda que se me plantea.
Desde la entrada en vigor del RD 10572008 de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de residuos en las obras de construcción y demolición, el promotor de la obra está obligado a que, junto con el proyecto de ejecución de la obra se presente un ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN, mientras que el contratista deberá, en base a ese estudio elaborar un PLAN DE GESTIÓN DE RESIDUOS ( entiendo que es algo similar a lo que ocurre con un Estudio y un Plan de Seguridad.
Mis dudas son:
1. ¿ El promotor debe designar a alguien que vele por el cumplimiento de lo estipulado en el Plan? ( una especie de " Coordinador de Seguridad" para la gestión de Residuos)
2. La orden 2690/ 2006 de la Comunidad de Madrid, sólo habla de Plan de Gestión, no de Estudio, ¿ queda anulada esta orden, al ser el RD de mayor jerarquía, y además posterior en el tiempo?
Si alguien me puede ayudar, le estaría muy agradecido
Un saludo