Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#150892
Hola! Ya se que el tema es posible que se haya tratado en varias ocasiones, así que lo siento si me repito, pero aún así tengo dudas, en una vivienda para turismo rural cuando se considera local de publica concurrencia???
Tengo claro que la vivienda no va a tener nunca más de 50 personas, la lógica dice que es imposible ya que tiene 6 habitaciones y no da comidas ni nada...
Sin embargo leyendo como se calcula la ocupación segun el REBT no me queda tan claro:
1 persona por cada 0.8m2, ahi te dice lo que se deduce pasillos, repartidores, vestíbulos y servicios.
¿Que hay de las habitaciones, salas de estar, cocinas y demas locales para turismo rural?
Una sala de estar de 10m2 segun esto tendrías 12 personas. ¿Y suponiendo que por ejemplo en mi caso que tienen 6 dormitorios solo con la ocupación de un salon te contaria casi la total? ¿A las habitaciones segun esto no se les supone ocupación? ¿Que debo contar aqui para la ocupación? Por que con 40m2 utiles te vas a las 50 personas.

Un saludo
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#150899
Lo más equivalente en las descripciones que da la ITC28 es hoteles, hostales... o similares, y lo considera publica concurrencia "cualquiera que sea su ocupación".
Algún boletin que he hecho lo he considerado siempre LPC sin pensar en las plazas.
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#150901
Repásate el campo de aplicación:

Locales de reunión, trabajo y usos sanitarios:
- Cualquiera que sea su ocupación, los siguientes: Templos, Museos, Salas
de conferencias y congresos, casinos, hoteles, hostales, bares, cafeterías,
restaurantes o similares, zonas comunes en agrupaciones de
establecimientos comerciales, aeropuertos, estaciones de viajeros,
estacionamientos cerrados y cubiertos para más de 5 vehículos, hospitales,
ambulatorios y sanatorios, asilos y guarderías


Una casa rural es asimilable a un hotel/hostal...
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#150902
¿es un hostal, LPC?
¿qué diferencia grande hay entre hostal y albergue rural o casa rural...?
Cada comunidad tiene su vara de medir, pero en general LPC
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#150905
Goran Pastich escribió:Repásate el campo de aplicación:

Locales de reunión, trabajo y usos sanitarios:
- Cualquiera que sea su ocupación, los siguientes: Templos, Museos, Salas
de conferencias y congresos, casinos, hoteles, hostales, bares, cafeterías,
restaurantes o similares, zonas comunes en agrupaciones de
establecimientos comerciales, aeropuertos, estaciones de viajeros,
estacionamientos cerrados y cubiertos para más de 5 vehículos, hospitales,
ambulatorios y sanatorios, asilos y guarderías


Una casa rural es asimilable a un hotel/hostal...


Nos hemos cruzado Goran... :brindis
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