Preguntas para redactora RSCIEI (respuestas en pág. 3) (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#166411
fsi escribió:Podría ser tipo B, o A si el cerramiento es compartido.


Quizás yo no me he enterado.
Si son dos parcelas diferentes solo puede ser B, ya que no pueden compartir nada (ni siquiera la zapata de un soporte puede entrar dentro de la otra parcela). Suponiendo que las parcelas son medianeras y distan menos de 3 metros será B. Si dista mas de 3 metros ya puede ser otra cosa. Pero nunca A.
:nono
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#166434
raveri escribió:
fsi escribió:En consulta, oral claro, hecha al STI, me indicaron que una nave tipo C con una medianería colindante con un área del propio titular se considera fachada; pero otra medianería de la misma nave colindaba con suelo industrial sin edificar, para esta medianería me indicaron que debía tratarla como si fuera una nave tipo A, porque no se sabía lo que se construiría en ese suelo. :ein ¿Me lo explique? ¡Ah! sí, sí, del lado de la seguridad.


A mi no me parece mal, es lo lógico, si quieres que tu nave sea tipo C, comprate una parcela y construye en la mital de la finca, dejando los laterales para viales, si tu nave aunque ahora mismo no este lindando con otra nave, linda con una finca industrial para mi es tipo A.

Aunque podrías decir, y si el de la nave de al lado no ocupa toda la finca y deja una calle entre mi nave. El esta en su derecho, tu no.


Puede ser lógico, pero la pregunta que yo me hago es si el reglamento lo exige.

Lo leo una y otra vez y excepto en el artículo 5.8 del anexo II. sólo habla de configuraciones actuales, lo que para mi es la excepción que confirma la regla.

Por otro lado en el segundo caso qe comentas, si el vecino ya ha dejado una calle entre mi nave y yo ocupo hasta el límite, el muro colindante ¿hay que tratarlo como medianera aunque la zona del vecino cercana a mi sea jardín?

Y mi mayor duda, no es considerar la nave tipo A, B o C, puesto que por otro lado ya es A, mi duda es si es medianera o cerramiento.

En consulta, oral claro, hecha al STI


¿qué es el STI?
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#166438
perro escribió:
En consulta, oral claro, hecha al STI


¿qué es el STI?

Somos Todas Insignificantes (para los técnicos municipales, claro). :mrgreen: :partiendo
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#166454
Sir Maky escribió:
fsi escribió:Podría ser tipo B, o A si el cerramiento es compartido.


Quizás yo no me he enterado.
Si son dos parcelas diferentes solo puede ser B, ya que no pueden compartir nada (ni siquiera la zapata de un soporte puede entrar dentro de la otra parcela). Suponiendo que las parcelas son medianeras y distan menos de 3 metros será B. Si dista mas de 3 metros ya puede ser otra cosa. Pero nunca A.
:nono


:nono2 :nono2 :nono2

Tu acaso no has visto esas naves que dejan la estructura embutida en la medianera y quedan en la finca libre unas "mensulas" para apoyar la nave de al lado.


Perdonadme los mecanicos, pero es que yo de terminos estoy un poco pez, no se si se llaman mensulas. En este caso a pesar de tener cubierta independiente, al tener estructura comun y cerramietno de medianera comun, es un A como una casa.

:yep :yep
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#166465
raveri escribió: a pesar de tener cubierta independiente, al tener estructura comun y cerramietno de medianera comun, es un A como una casa.


Aunque algo tarde, a eso me refería, medianera común.
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#166768
raveri escribió:
Sir Maky escribió:
fsi escribió:Podría ser tipo B, o A si el cerramiento es compartido.


Quizás yo no me he enterado.
Si son dos parcelas diferentes solo puede ser B, ya que no pueden compartir nada (ni siquiera la zapata de un soporte puede entrar dentro de la otra parcela). Suponiendo que las parcelas son medianeras y distan menos de 3 metros será B. Si dista mas de 3 metros ya puede ser otra cosa. Pero nunca A.
:nono


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Tu acaso no has visto esas naves que dejan la estructura embutida en la medianera y quedan en la finca libre unas "mensulas" para apoyar la nave de al lado. Eso no lo he visto nunca. ¿eso que se hace para hacerle un favor al vecino?-- ¿y se fia el vecino de apoyarse en la nave de al lado?-- No, eso solo ocurre en la construcción de polígonos, y son planes de actuación completos, es decir no se deja para que el vecino termine la nave de al lado, se realizan todas las naves con un proyecto único y luego se venden con todas las reservas de elementos comunes y demás en escritura. :nono2 :nono2

Perdonadme los mecanicos, pero es que yo de terminos estoy un poco pez, no se si se llaman mensulas. En este caso a pesar de tener cubierta independiente, al tener estructura comun y cerramietno de medianera comun, es un A como una casa.
:yep :yep


Entonces no son dos parcelas independientes.
Entonces será un polígono que ha sido construido de la misma manera que se construyen las viviendas unifamiliares ADOSADAS. Es decir el propietario no puede tirar abajo la construcción porque comparte elementos comunes (y no solo de estructura sino de instalaciones como pueden ser bajantes). Cuando es así no se puede hablar de parcelas independientes.

Si yo tengo mi parcela individual y construyo mi nave (y además lo hago cuando me de la gana) NADIE, REPITO NADIE PUEDE CONSTRUIR EN MI PARCELA (por muy anexa que esté la de al lado), y eso directamente la convierte cuando menos en tipo B.--- No sé si ahora lo he dicho mas claro. Otra cosa son lo polígonos.
Saludos :usuario
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#166838
Repito: si se aparta del tema inicial, no uséis un hilo como cajón de sastre para meter cualquier pregunta, luego no hay forma de encontrar la información. ABRID UN HILO NUEVO O CONTINUAD OTRO EXISTENTE DEL TEMA EN CUESTIÓN.
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#166895
Hay que proteger ante el fuego un cerramiento que separe un sector de un área de incendios?

No hace falta, dicho cerramiento se considera fachada.


Pues yo me sigo centrando en la pregunta y la respuesta de la redactora.

¿qué ocurre si son dos propiedades diferenciadas y mi cerramiento está en el límite de mi propiedad?

Según la respuesta no, según el razonamiento de RAVERi, el vecino podría derribar su nave un día y edificar adosado a mi nave, por lo que lo "lógico" sería que si.

Pero ¿lo exige el reglamento?

Siento ser pesado, pero tengo un problema serio con el asunto.
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