A ver, a ver, que no sé si no te entiendo, o es que te estás montando un cristo del copón de bullas.
Con la calma. Empezamos:
Para trabajar en la empresa de tu padre tienes varias opciones: Régimen General de la Seguridad Social, y Régimen Especial del Trabajador Autónomo. Veremos cada caso.
1.- Como asalariado: la empresa te pone en nómina, y cotiza por ti a la seguridad social. Esta modalidad de cotización se llama Régimen General de la SS. Y en realidad paga una parte la empresa (la mayor parte), y otra tú, porque te descuentan un porcentaje de la nómina.
2.- Como autónomo: en este caso, tú eres el que asumes el costo total de la cotización a la SS. Y puedes hacerlo de dos formas:
2.a)- Te das de alta como autónomo directamente; tendrás que inscribirte en el RETA: El RETA es la modalidad de cotización a la SS conocida como Régimen General del Trabajador Autónomo. Pero no deja de ser un pago al sistema de la SS. Es lo mismo que el Régimen General de la SS que vimos en el apartado 1, pero en este caso, el que suelta la pasta eres tú.

(en el caso anterior, la empresa asumía la mayor parte de dicho coste).
2.b)- Alternativamente al RETA, existes Mutuas (entidades privadas) que han establecido convenios con la Seguridad Social de tal manera que sus asociadas pueden disponer de unas coberturas similares (o mejores) a las disponibles por el RETA, pero a un precio sensiblemente inferior. De estas Mutuas es de las que te hablan los compañeros.
Independientemente de lo que diga tu padre, si te das de alta como trabajador autónomo, ya sea directamente en el RETA, o "a través" de alguna mutua, NO pertenecerás a la empresa como tal. A lo único que podrías asimilarte sería a autónomo dependiente, pero no es lo mismo.
Pero repito, es igual que lo hagas a través del RETA como de una mutua. A fin de cuentas, serás autónomo. Y punto.
La única manera de que "pertenezcas" a la empresa sería que ésta te hiciese un contrato y te pusiese en nómina, cotizando por ti a la SS.
Por cierto, si cotizas a través de una mutua, siempre podrás, a posteriori, incorporarte al RETA (SS). Sin embargo, si empiezas directamente en éste, no podrás cambiarte a mutua después. Ojito.
Y al respecto de las cobeturas sanitarias de las mutuas privadas, tienes un hilo recién creado en la Miscelánea donde te puedes hacer una idea de las experiencias al respecto de las compañeras. En general, sus opiniones son bastante buenas sobre dichas coberturas.
Para colgar una
imagen en un mensaje, pulsa
aquíPara introducir un
enlace en un mensaje, pulsa
aquí Si eres nueva en el foro,
preséntate aquí. Y págate unas cervezas al hacerlo.
