Pasos para comenzar como proyectista (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

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#190642
Buenos dias, compis.

Soy ITI mecanico, y trabajo por cuenta ajena desde que acabé la carrera.

Mi duda es que hacer ya que un fontanero tiene que montar 2 calefacciones y me ha dicho que si yo le puedo hacer los proyectos.

no se si voy a tener mas actividad de momento, por lo que no se si tengo que darme de alta como autonomo o no.

me han dicho que con el dni y dandome de alta en el iae, puedo facturar hast 3000 euros/año.
por otro lado, no se cuanto cobrar, ni que mas pasos tengo que dar. (bueno, se que hay que colegiarse, pero nada mas).

espero que me ayudeis ya que estoy bastante perdido.

Saludos y gracias de antebrazo.
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#190654
carlosmvp escribió:Buenos dias, compis.

Soy ITI mecanico, y trabajo por cuenta ajena desde que acabé la carrera.

Mi duda es que hacer ya que un fontanero tiene que montar 2 calefacciones y me ha dicho que si yo le puedo hacer los proyectos.

no se si voy a tener mas actividad de momento, por lo que no se si tengo que darme de alta como autonomo o no.
No, hay un hilo con la misma pregunta. Y pagas a la SSOO una vez por la empresa.. NO hace falta otra.

me han dicho que con el dni y dandome de alta en el iae, puedo facturar hast 3000 euros/año.
Tema Fiscal es distinto. Has de sacar un IAE en hacienda Modelo D37 , hacer trimestrales de Irpf mod 130 e IVA mod 303, ademas del resumen anual del Iva.
Esto también está muy visto en el foro..


por otro lado, no se cuanto cobrar, ni que mas pasos tengo que dar. (bueno, se que hay que colegiarse, pero nada mas).
Has de pagar la colegiación, y el seguro.
Luego hay otros gastos, como Visados, tasas de las administraciones, copias.. etc. pero estos No tienes por que soportarlos tu, claro.

Sobre lo de cuanto cobrar, ese el gran misterio... depende de tu zona, de tu tarifa.. y muchas mas cosas... Hay un hilo solo de eso en el foro.. pásate y pregunta mas en concreto..


espero que me ayudeis ya que estoy bastante perdido.
Hombre lo fundamental, si vas a proyectar, es que sepas hacerlo... :mira ,
¿ Dices de una "calefacción" y precisa proyectos ? , Pues para hacer boca, ve mirando el RITE, el CTE y las UNE que estos citan..., ademas de lo relarivo a salas de calderas.. en fin.. tajo para una semana lo menos..

por lo demás, la colegiación, hacienda y demás, NO suponen problema alguno en tu caso.


Saludos y gracias de antebrazo.
Un saludo Compañero...


P.D.
El antebrazo, ese quien es ?... :cunao
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#190655
muchas gracias, jcriti.



jcriti escribió:P.D.
El antebrazo, ese quien es ?... :cunao




eso viene de forear mucho por otros foros de la red...
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#190659
carlosmvp escribió:muchas gracias, jcriti.



jcriti escribió:P.D.
El antebrazo, ese quien es ?... :cunao




eso viene de forear mucho por otros foros de la red...

Esa jerga forera... pues no conocía la "expresión", no... :gato
:brindis
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#190665
Hay bastantes hilos análogos a éste, por ejemplo, viewtopic.php?f=14&t=23286
Tampoco está de más leerse el fijo de obligaciones fiscales de los libre ejercientes.
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#190666
jcriti escribió:Esa jerga forera... pues no conocía la "expresión", no... :gato
:brindis


Es del típico "hoygan":

"hoygan, alguien me puede pasar un prollecto de calefacción y fontaneria ya echo para copiar?
Grasias de antebrazo"

Pero en mayúsculas y con más faltas... :mrgreen: :mrgreen: Lo del antebrazo ha quedado y la gente ya lo usa. De aquí a poco empezarás a oirlo por la calle :twisted:
por
#190669
Goran Pastich escribió:
jcriti escribió:Esa jerga forera... pues no conocía la "expresión", no... :gato
:brindis


Es del típico "hoygan":

"hoygan, alguien me puede pasar un prollecto de calefacción y fontaneria ya echo para copiar?
Grasias de antebrazo"

Pero en mayúsculas y con más faltas... :mrgreen: :mrgreen: Lo del antebrazo ha quedado y la gente ya lo usa. De aquí a poco empezarás a oirlo por la calle :twisted:



exacto, yo lo decía por dar un toque de humor al hilo...


pero se perfectamente que es incorrecto.

perdonad si ha molestado.

Saludos cordiales.
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#190671
Este tema se parece mucho a estos:

viewtopic.php?f=6&t=23297
viewtopic.php?f=6&t=23276
viewtopic.php?f=6&t=23286

Y los tres están bastante vivos.
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#190673
Goran Pastich escribió:
jcriti escribió:Esa jerga forera... pues no conocía la "expresión", no... :gato
:brindis


Es del típico "hoygan":

"hoygan, alguien me puede pasar un prollecto de calefacción y fontaneria ya echo para copiar?
Grasias de antebrazo"

Pero en mayúsculas y con más faltas... :mrgreen: :mrgreen: Lo del antebrazo ha quedado y la gente ya lo usa. De aquí a poco empezarás a oirlo por la calle :twisted:

ya...
Gracias Goran...
que pringao soy... :evil: :cabezazo
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#190676
Hola paisano, además de los sabios consejos del maestro Jcriti, te sugiero que te pases por el colegio y preguntes por allí y si tienes más dudas no tengas reparos en exponerlas que te ayudaremos entre todos.
por
#190680
gracias a todos por vuestras respuestas.

y a tenor de los temas que se abren nuevos de esto, parece que con la crisis se fomenta que seamos mas buscavidas, no os parece?
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#190701
jcriti escribió:no se si voy a tener mas actividad de momento, por lo que no se si tengo que darme de alta como autonomo o no.
No, hay un hilo con la misma pregunta. Y pagas a la SSOO una vez por la empresa.. NO hace falta otra.

No sé de donde sacas esa respuesta, pero en la página de la seguridad social:
Código: Seleccionar todo¿Se puede compatibilizar el trabajo por cuenta propia y ajena?

Si se realizan actividades por cuenta ajena y por cuenta propia simultáneamente, encuadrables en dos Regímenes distintos de la Seguridad Social, se debe figurar de alta y cotizar en ambos Regímenes.

En primer lugar, hay que determinar si procede encuadrar la situación del trabajador en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. El artículo 2º  del Decreto 2530/1970, de 20 de Agosto, regulador del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), define al trabajador por cuenta propia o autónomo como aquél que realiza de forma habitual, personal y directa, una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción por ella a contrato de trabajo y aunque utilice el servicio remunerado de otras personas. En cualquier caso, será la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social  que le corresponda la que, a la vista de la documentación concreta, le indique si procede o no su encuadramiento en el RETA. 
   
En lo referente a cotización, la normativa actual en materia de Seguridad Social no prevé ningún descuento en la cotización si por razón de su actividad laboral debe estar incluido simultáneamente en los Regímenes General y de Trabajadores Autónomos.

La doble cotización o pluriactividad, podrá dar derecho al devengo de prestaciones por cada uno de los Regímenes en los que se encuentre dado de alta, cuando se acrediten las correspondientes cotizaciones superpuestas y siempre que se cumplan los requisitos exigidos por cada Régimen para alcanzar derecho a las mismas.

http://www.seg-social.es/Internet_1/Mas ... .htm#48423

De esto, entiendo que si la realización de los proyectos es de forma habitual se debe dar de alta en la seguridad social ademas de en el IAE y Hacienda.

Saludos.
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#190711
wenner escribió:
jcriti escribió:no se si voy a tener mas actividad de momento, por lo que no se si tengo que darme de alta como autonomo o no.
No, hay un hilo con la misma pregunta. Y pagas a la SSOO una vez por la empresa.. NO hace falta otra.

No sé de donde sacas esa respuesta, pero en la página de la seguridad social:

De esto, entiendo que si la realización de los proyectos es de forma habitual se debe dar de alta en la seguridad social ademas de en el IAE y Hacienda.

Saludos.


Pues mire Ud, la "sacaba" del hecho de haber estado durante unos 4 años y medio haciendo eso, hace ya algún tiempo.. CA y hacia cosillas sueltas... hacia las trimestrales y el iva, facturas.. y no estaba en el RETA....
En su día lo consulté en la oficinas, y así me lo indicaron.

Al haber leido tu texto, sobre la marcha he hecho la consulta... y es EXACTEMENTE como Ud. dice.. :yep :yep :oops: :oops: ...
No se si ha cambiado , si el matiz está ne el hecho de ser "habitual" o transitorio... en fin.. sea como sea, lo que parece ser claro es que : Si es habitual y son dos regímenes diferentes, uno CA y otro Propia.. ha de cotizar pro las dos..

Lo cierto es que el termino "habitual" parece tener bastante relevancia.

Gracias wenner por sacarnos de la ignorancia, y disculpen todos por la Desinformación.
:brindis
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#190733
Pues va a ser que tienes razón wenner, gracias por la info verídica. :oops: :brindis

Supongo que una forma de mitigar el "sobre"coste de la SS sería pasar por el MUPITI, eso sí: si antes no has estado como autonomo en el RETA. :cabezazo
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#190738
entonces en que quedamos?

para hacer 3 o 4 proyectos al año, hay que darse de alta como autonomo o no?
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