Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología
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#197315
Buenos días, no controlo mucho el tema de la PRL y quisiera que alguien ducho en estos menesteres me informe sobre el siguiente caso. El Dept. de Prevención de la empresa para la que trabajo me pide que yo autorice a los trabajadores que entienda cualificados a trabajar en tensión (BT), por supuesto me he negado ¿Es legal esto?¿Existe algún marco normativo que diga que para trabajar en tensión hay que estar autorizado por técnico titulado o tener alguna formación específica? Saludos y gracias.
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#197324
Igual te están pidiendo un permiso de trabajo.

Básicamente es un documento para permitir trabajos "especiales" (trabajos en tensión, soldaduras en zonas peligrosas, trabajos en zonas confinadas etc.), en el que se detalla quién, cómo y cuándo va a ejecutar ese trabajo:

- Personas: con nombre y apellidos y formación requerida.
- Trabajo a realizar: zona de trabajo y medidas de seguridad que se deben tomar. Incluyendo la supervisión por parte de alguine con responsabilidades en prevención (rcurso preventivo, delegado etc).
- Cuándo: con fecha y hora de inicio y finalización.

Además se debe seguir un procedimiento de comunicación, de forma que una persona redacta el permiso, se comunica (con copias firmadas) a todos los implicados: trabajadores, responsables de manteimiento o producción, servicio de prevención etc. Lo habitual es que además haya algún tipo de procedimiento explicacndo todo esto y asignando responsbilidades (quién redacta, aprueba y comunica los permisos).
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#197478
Muchachito84 escribió:Buenos días, no controlo mucho el tema de la PRL y quisiera que alguien ducho en estos menesteres me informe sobre el siguiente caso. El Dept. de Prevención de la empresa para la que trabajo me pide que yo autorice a los trabajadores que entienda cualificados a trabajar en tensión (BT), por supuesto me he negado ¿Es legal esto?¿Existe algún marco normativo que diga que para trabajar en tensión hay que estar autorizado por técnico titulado o tener alguna formación específica? Saludos y gracias.


El RD 614/2001 indica que el empresario debe designar a los trabajadores autorizados para manejar la instalacion electrica y realizar tareas sencillas. Esta designacion no es del servicio de prevencion ni siquiera del de mantenimiento, es del empresario o de quien asuma su papel. Si quieres mas informacion consulta el siguiente enlace:
http://www.insht.es/portal/site/Insht/m ... 0ca8c0RCRD
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#197648
Pero ¿trabajos en tensión no son todos? :mrgreen:
Es como aquél de que los buzos siempre trabajan bajo presión.... :mrgreen: :partiendo
Perdón, ya podeis seguir... :goodjob
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