Tipo de almacenamiento para licencia de actividad (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Trámites ante la Administración, empresas suministradoras, etc.
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#210885
¿Se puede saber a que negocio os dedicáis vosotros? :partiendo2 :partiendo2

Si un inquilino no quiere firmar un traspaso, o le pone el precio muy alto: Proyecto nuevo y punto.

No hace mucho un cliente vino con un caso de este tipo. Un inquilino había terminado mal, y le pedía 12.000€ por la cesión de la licencia de un bar. El proyecto nuevo con DO, 2.800, y modificar un baño para minusvalidos otros 2.500.
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#210886
DAR escribió:De todas formas suena raro, un señor ejerce una actividad y la licencia viene a nombre de otro, pues hombre..., no se..., pero por otra parte no es lógico.


Sí, es raro, pero no veo porque no puede ser uno el titular de la licencia y otro el que la explota, si ambos están de acuerdo.

Ya nos contarás. :brindis
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#210887
Acabo da hablar con el técnico municipal.Me ha costado solo una mañanita... :D

Dice que la licencia debe ir a nombre de quien ejerce la actividad.Dice que efectivamente si pedimos la licencia a nombre de perico perez ellos nos la dan pero si un dia pasan los municipales y se encuentran a paco, en vez de perico,, ejerciendo la actividad sin licencia le cascan la multa aunque perico tenga licencia.

De lo del contrato de cesión de explotación dicen que no saben nada ni conocen ningún caso ni si es posible hacerlo.En el tema de los bares me comenta que lo que hacen es que el inquilino firme la cesión de licencia desde un principio,por si acaso.

En cualquier caso me ha comentado que ante una negativa de cesión por parte de un inquilino saliente ellos mismos mandan un requerimiento al mismo y tras un periodo de alegaciones, si éstos no alegan o son inconsistentes (suele ser lo habitual), hacen efectivo el traspaso.

De todos modos he quedado en que me pasaré por allí para verlo mejor el tema.
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#210888
Amenofis escribió:
fsi escribió:¿Podrías decirnos en base a qué ley la situación es ilegal? Me interesa saberlo.

Pues sí, a mí también me interesa saberlo. Más que nada, para avisar a mi amiguete, si hay algún problema. :alarma

De hecho, esta situación se planteó a los técnicos municipales, y no hubo ningún problema al respecto. Se entiende que es para proteger los derechos del titular, ante un caso como el que cité anteriormente.

La cuestión es disponer de ese contrato que vincula al inquilino con el titular, cediéndole los derechos de explotación. Y el contrato de alquiler, claro. :mira



Pues la verdad sería una solución muy buena (la mejor diría yo), si existe un contrato de cesión de actividad no debería haber ningún problema, el tema está en que el Ayuntamiento correspondiente lo acepte a trámite, pero es una solución muy, pero que muy interesante.

Esto son temas legales que aunque nos toca lidiar y gestionar se nos "escapa" un poquito de las manos. Un buen abogado, un contrato bien redactado y una reunión con el Ayuntamiento seguramente sale bien.
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#210912
manuoe escribió:En cualquier caso me ha comentado que ante una negativa de cesión por parte de un inquilino saliente ellos mismos mandan un requerimiento al mismo y tras un periodo de alegaciones, si éstos no alegan o son inconsistentes (suele ser lo habitual), hacen efectivo el traspaso.


Es interesante, se podría plantear...
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#210913
DAR escribió:Un buen abogado, un contrato bien redactado y una reunión con el Ayuntamiento seguramente sale bien.


:yep
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#210914
fsi escribió:
DAR escribió:De todas formas suena raro, un señor ejerce una actividad y la licencia viene a nombre de otro, pues hombre..., no se..., pero por otra parte no es lógico.


Sí, es raro, pero no veo porque no puede ser uno el titular de la licencia y otro el que la explota, si ambos están de acuerdo.

Ya nos contarás. :brindis


Eso es un subarriendo, y si el dueño del local lo permite.....
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#210915
manuoe escribió:Acabo da hablar con el técnico municipal.Me ha costado solo una mañanita... :D

Dice que la licencia debe ir a nombre de quien ejerce la actividad.Dice que efectivamente si pedimos la licencia a nombre de perico perez ellos nos la dan pero si un dia pasan los municipales y se encuentran a paco, en vez de perico,, ejerciendo la actividad sin licencia le cascan la multa aunque perico tenga licencia.

De lo del contrato de cesión de explotación dicen que no saben nada ni conocen ningún caso ni si es posible hacerlo.En el tema de los bares me comenta que lo que hacen es que el inquilino firme la cesión de licencia desde un principio,por si acaso.

En cualquier caso me ha comentado que ante una negativa de cesión por parte de un inquilino saliente ellos mismos mandan un requerimiento al mismo y tras un periodo de alegaciones, si éstos no alegan o son inconsistentes (suele ser lo habitual), hacen efectivo el traspaso.

De todos modos he quedado en que me pasaré por allí para verlo mejor el tema.


Vaya chorrada, ¿y no puede ser Paco un trabajador de Perico y perico estar todo el día tocándose un pie....?

O ¿es que el Sr. McDonalds está siempre en sus restaurantes, en todos y cada uno de ellos...? Me parece una chorrada.
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#210922
MAZINGER escribió:
Vaya chorrada, ¿y no puede ser Paco un trabajador de Perico y perico estar todo el día tocándose un pie....?

O ¿es que el Sr. McDonalds está siempre en sus restaurantes, en todos y cada uno de ellos...? Me parece una chorrada.


Claro que sí, Perico autónomo y Paco empleado de Perico, la licencia a nombre de Perico o a la empresa que Perico es el propietario.

Lo que estamos planteando como posibilidad, y que estaría muy bien, es que la licencia esté a nombre de Pepito Palotes y este tiene un contrato de cesión de la Licencia de Actividad como beneficiario a Perico (o la empresa de Perico), este último es quien se da de alta en actividades económicas, con consentimiento y visto bueno del Ayuntamiento.

A ver si nos centramos: supongamos que un local en el que se ejerce una actividad provoca ruidos, un vecino se queja, el local tiene licencia de actividad a nombre de Pepito Palotes, llega la policía, o los técnicos del Ayuntamiento (por la mañana tres meses después claro) y se encuentran a Paco que dice que trabaja para Perico :shock:, Perico no está por allí y Paco no tiene papeles que enseñarle. Por lo pronto ya hay un problema.
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#210928
Es que el tema está en los papeles, precisamente. Y es lo que vengo pregonando desde el principio. :mira
Y con papeles no hay problema que valga.
Por cierto, el tema está derivando ligeramente hacia otros derroteros. :goodjob :mrgreen:
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#210960
kirium escribió:Si un inquilino no quiere firmar un traspaso, o le pone el precio muy alto: Proyecto nuevo y punto.


Ese no es el problema si el local esta al día en cuanto a normativa. El problema viene cuando pedir la nueva licencia implica hacer muchísimas reformas, y que algunas casi ni se puedan hacer. Porque al final el dueño del local acaba sin ver un duro del anterior inquilino, con el local destrozado y buscando a otro que quiera coger el local y ponerlo en solfa. :|

En cuanto al tema de que el ayuntamiento envía un requerimiento para realizar el cambio de nombre, y que sino contesta lo hacen de oficio, no me parece muy "correcto", porque el hecho que tu notifiques y que el otro no coja las cartas o no conteste no significa que tu puedas quedarte con la titularidad de un negocio que es suyo. Como poco se debería publicar en todos los boletines oficiales y aún con esas no lo tengo claro. Ya que si ese señor, después denuncia que se ha hecho uso de un derecho que es suyo...pues tenemos un problemilla y grave. :mira

Y el tema de la cesión de derechos de explotación, se ve mucho, y no suele haber ningún problema siempre que el titular de la actividad asuma sus responsabilidades :yep , y si hay un problema de ruidos para mi el responsable será el dueño del local que a su vez es el titular de la licencia, y por tanto las multas, los expedientes disciplinarios y sancionadores irán contra esa persona. Así como todos los temas económicos relacionados, hacienda, autónomos o lo que sea. Si no quieres eso entonces será el que explote la actividad quién tendrá que obtener esa licencia.

Es quizás una buena manera cuando cada vez más se dan casos de impagos y cosas así.

Y por lo del almacén, en mi caso se te exigiría que tipo de almacenamiento, por temas de carga de fuego...aunque evidentemente si lo calculas en el caso más extremo, pues perfecto...pero será un dineral :goodjob
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#211063
Lo de la titularidad me reuniré con el responsable de licencias del ayuntamiento para verlo, exponerle lo que mi cliente pretende y por qué y ver las posibles soluciones para explicárselas al cliente.Antes consultaré con el abogado por el tema del contrato de cesión para presentarle la idea al ayuntamiento a ver qué les parece puesto que no han conocido ningún caso.

Lo del tipo de almacenamiento se lo consultaré a ellos también a ver cómo lo podemos hacer siempre que la licencia fuera a nombre del propietario del local porque si finalmente va a nombre del inquilino se hace la licencia pra la actividad concreta y punto.

Si fuera a nombre del propietario al final y buscásemos tramitar la licencia para una carga de fuego que implique un coste aceptable para el propietario ¿la descripción de la actividad cómo sería?
Quiero decir.... se diría "ALmacén de artúculos de moda y complementos y artículos de carga de fuego similar"...no sé....para que sirviese para almacenamiento de otro tipo de productos, siempre que no se superen las condiciones de proyecto claro.
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#211530
Ayer me reuní con la gente del ayuntamiento por el tema de la titularidad.

Su planteamiento sigue siendo el mismo:el titular de la licencia debe ser el que ejerce la actividad y la licencia para una actividad concreta, en este caso qué se almacena, cómo se almacena, cuánto se almacena y quién lo almacena debe estar bien clarito.
Lo del requerimiento por parte del ayuntamiento ante un inquilino que no cediese la licencia me lo han confirmado.En ese caso ellos mandarían un requerimiento con un plazo de 10 días para alegaciones.Si no se alega o las alegaciones no tienen peso (lo que suele pasar, alegándose temas de tipo personal) el ayuntamiento retira los derechos sobre la licencia al inquilino saliente y se los cede al inquilino entrante.

Lo del contrato de cesión no lo conocen en ningún caso y podemos plantearlo al secretario técnico, aunque no están muy por la labor.
EL tema lo he tratado con el abogado quien me dice que es perfectamente válido desde el punto de vista jurídico.El único problema es que el propietario del local esté dispuesto a asumir la responsabilidad que ello conlleva.En primera instancia el responsable siempre sería el propietario del local , el titular de la licencia.EL ayuntamiento por ejemplo siempre iría contra él , aunque en segunda instancia, si en las claúsulas del contrato se hace responsable de todo lo derivado de la actividad el inquilino, el propietario y titular de la licencia podría ir contra el inquilino en virtud de un contrato privado entre ambos, pero el ayuntamiento por ejemplo a quien pediría responsabilidades es al titular.
Por otra parte está el tema de los seguros en caso de siniestro...

En fin, todo aconseja que la licencia esté a nombre del que ejerce la actividad pero en manos del propietario queda si quiere asumir la responsabilidad el hacerlo mediante contrato de cesión.
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#211532
manuoe escribió:...
Lo del requerimiento por parte del ayuntamiento ante un inquilino que no cediese la licencia me lo han confirmado.En ese caso ellos mandarían un requerimiento con un plazo de 10 días para alegaciones.Si no se alega o las alegaciones no tienen peso (lo que suele pasar, alegándose temas de tipo personal) el ayuntamiento retira los derechos sobre la licencia al inquilino saliente y se los cede al inquilino entrante.
...

¿Así, tan fácil? :alarma
Bueno, no soy un experto en procedimiento administrativo, desde luego, pero no sé hasta qué punto el ayuntamiento puede intervenir "de oficio" en un conflicto contractual entre dos particulares. Ni tan siquiera a petición de parte, pero bueno. :roll:

Al fin y al cabo, si el inquilino (que no paga el alquiler), cumple las exigencias establecidas en la licencia, ¿en base a qué puede actuar el Ayuntamiento contra él? :mira
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#211533
Entiendo que se refiere posterior al desahucio del inquilino o al abandono del local por éste.El ayuntamiento no interviene entre los particulares sino que si un nuevo inquilino pretende la cesión de la licencia y el anterior no la cede, sin motivo, el ayuntamiento interviene previo periodo de alegaciones.
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