por olerux - 12 Mar 2010, 19:48
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- 12 Mar 2010, 19:48
#212048
Solamente por ese párrafo no sería obligatoria la detección, en eso tienes razón
La obligación viene por otro lado
Del párrafo queda claro que la superficie de los trasteros del garaje que no son zonas de riesgo especial (o cualquier otra zona del mismo que no sea LRE ni sector ni vestíbulo ni escalera) debe sumarse a la utilizada por los coches para determinar la superficie construida del sector aparcamiento
Y si la superficie del sector aparcamiento supera 500 m² toca instalar BIEs y sistema de detección (que por supuesto debe cubrir todos los puntos del sector pues no tendría sentido computar una superficie para determinar la obligatoriedad de una instalación y luego excluirla de ella )
Entonces a los trasteritos de 2 m² de ese garaje que no son de riesgo especial (ni nada de nada) debe llegar el chorro de las BIEs y la acción de los detectores porque no se diferencian en nada de cualquier otra zona del sector aparcamiento
Disiento completamente. Esos trasteritos tienen que estar protegidos porque son una parte del aparcamiento como otra cualquiera
saludos
TAMA58 escribió:El CTE DB SI 4-1.1, segundo párrafo, afecta a:
- Los locales de riesgo especial y
- Zonas cuyo uso previsto sea diferente y subsidiario del principal del edificio o del establecimiento en el que estén integradas y que, conforme a la tabla 1.1 del Capítulo 1 de la Sección 1 de este DB, deban constituir un sector de incendio diferente.
Los trasteros que estamos debatiendo no se encuentran en ninguno de los dos casos luego ese párrafo no les afecta para nada.
Luego por ese párrafo no es obligatorio instalar en los trasteros que no son LRE detección, aunque en el garaje sea obligatoria su instalación.
Solamente por ese párrafo no sería obligatoria la detección, en eso tienes razón

La obligación viene por otro lado
DB SI 1.1 pàrrafo 2
2 A efectos del cómputo de la superficie de un sector de incendio, se considera que los locales de
riesgo especial, las escaleras y pasillos protegidos, los vestíbulos de independencia y las escaleras
compartimentadas como sector de incendios, que estén contenidos en dicho sector no forman parte
del mismo.
Del párrafo queda claro que la superficie de los trasteros del garaje que no son zonas de riesgo especial (o cualquier otra zona del mismo que no sea LRE ni sector ni vestíbulo ni escalera) debe sumarse a la utilizada por los coches para determinar la superficie construida del sector aparcamiento
Y si la superficie del sector aparcamiento supera 500 m² toca instalar BIEs y sistema de detección (que por supuesto debe cubrir todos los puntos del sector pues no tendría sentido computar una superficie para determinar la obligatoriedad de una instalación y luego excluirla de ella )
Entonces a los trasteritos de 2 m² de ese garaje que no son de riesgo especial (ni nada de nada) debe llegar el chorro de las BIEs y la acción de los detectores porque no se diferencian en nada de cualquier otra zona del sector aparcamiento
TAMA58 escribió:Como la altura de evacuación en este caso, es menor de 50 m, no es obligatoria la instalación de detección en dichos trasteros.
Disiento completamente. Esos trasteritos tienen que estar protegidos porque son una parte del aparcamiento como otra cualquiera
saludos