Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#218387
Hola,

Estoy haciendo el proyecto de actividad de unas oficinas que se van a instalar en los bajos de una vivienda.

El problema que tengo es que hay una puerta que comunica las oficinas con la vivienda, hay alguna foma de no tener que cambiar la puerta y poner una resistente al fuego???

He pensado en considerar todo el el edificio como un único sector de incendio ya que es menor de 2.500 m2

En la normativa dice que si el uso es distinto al principal en este caso residencial vivienda y se trata se una zona administrativa menor de 500 m2 puede constituir un sector de incendio único.

Pero tambien dice que la zona residencial vivienda constituira un único sector de incendio en todo caso.

En caso de que el uso principal sea residencial vivienda se esta contradiciendo, no????

gracias
por
#218440
No hay contradicción. Simplemente la norma establece una generalidad y luego, proporciona una serie de excepciones, como el caso que comentas, ergo, no te haría falta la puerta cortafuegos.
por
#218801
No hace falta la puerta, el sector de incendios es una vivienda que tiene una oficina dentro (de su sector).
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