Dudas relativas a la documentación proyectual y dirección facultativa
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#220082
Buenos dias a todos, quisiera saber que altura minima se necesita en un local para destinarlo a Consultorio de psicologia, o la normativa en que le es de aplicación de la rama sanitaria.

Saludos y gracias a todos
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#221201
Más allá de lo que indique sobre alturas mínimas el PGOU (o similar) de la localidad, no creo que haya algo tan específico.
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#221241
Mírate también lo que dice al respecto la legislación de prevención de riesgos laborales, espacios de trabajo y demás... :saludo
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#221578
Es que, de hecho, a un consultorio de psicología no creo que le afecte la reglamentación sanitaria, ¿no?
No es más que un despacho de visitas, porque operaciones a corazón abierto, lo que se dice operaciones a corazón abierto, un psicólogo no creo que haga, ¿verdad?

En todo caso, y en lo que afecta a las alturas para un consultorio así, yo me preocuparía más de que la altura del diván sea ergonómicamente adecuada que de otra cosa.
Como te dicen las compañeras, mírate el DB-SU, las ordenanzas municipales, y poco más. :brindis
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#221583
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Amenofis escribió:rque operaciones a corazón abierto, lo que se dice operaciones a corazón abierto, un psicólogo no creo que haga, ¿verdad?

. :brindis


Hombre, algunos van a abrir su corazón, que se parece.. :shock:
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#221598
Amenofis escribió:Es que, de hecho, a un consultorio de psicología no creo que le afecte la reglamentación sanitaria, ¿no?

No lo he mirado, pero igual sí le afectan. Es una actividad contemplada en la Ley General de Sanidad, me refiero al tramiento del tarro :ein

Si no al final pasará como con las clínicas dentales, que se montan en locutorios, peluquerias, .... :brindis
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#221604
mineros escribió:No lo he mirado, pero igual sí le afectan. Es una actividad contemplada en la Ley General de Sanidad, me refiero al tramiento del tarro :ein

Si no al final pasará como con las clínicas dentales, que se montan en locutorios, peluquerias, .... :brindis

Es que yo creo que de hecho es así. Aunque tampoco me lo he mirado. :oops: :mrgreen:
Al fin y al cabo, ¿hay aparatos de algún tipo? ¿Existen medicamentos? ¿Tratamientos quirúrgicos? Por no haber, no debe haber ni jeringuillas, ¿no?
Así que así, a bote pronto, no acabo de verle el sentido de aplicar reglamentación sanitaria. :ein :brindis
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#221647
No creo que se considere sanitaria. De igual modo tampoco se considera de por sí en la Sanidad española: ni la psicología ni la odontología (creo que ahora sólo para niños)

Y ojalá lo fuera, porque se arreglarían muchas cosas si todos (incluyéndome a mi 8) ) pasáramos por consulta.
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#221817
De hecho, yo lo enfocaría más bien como uso administrativo, al igual que se hace con las zonas de despachos médicos en centros hospitalarios.
El hecho de que la actividad esté relacionada con la salud mental (o no :mrgreen: ), no implica necesariamente la aplicación de reglamentación sanitaria, bajo mi punto de vista.
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#221821
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Amenofis escribió:Es que, de hecho, a un consultorio de psicología no creo que le afecte la reglamentación sanitaria, ¿no?
No es más que un despacho de visitas, porque operaciones a corazón abierto, lo que se dice operaciones a corazón abierto, un psicólogo no creo que haga, ¿verdad?

En todo caso, y en lo que afecta a las alturas para un consultorio así, yo me preocuparía más de que la altura del diván sea ergonómicamente adecuada que de otra cosa.
Como te dicen las compañeras, mírate el DB-SU, las ordenanzas municipales, y poco más. :brindis

Y si has de tratar a un claustrofóbico, ¿qué? :mrgreen:
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#222513
Gracias por las respuestas, he estado mirando el pgou y no indica ninguna altura, seria de aplicacion el Db-SU por lo tanto.
Lo que si especifica en el pgou que es una consulta medica y no unas oficinas.
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#222646
Ojkarido escribió:Gracias por las respuestas, he estado mirando el pgou y no indica ninguna altura, seria de aplicacion el Db-SU por lo tanto.
Lo que si especifica en el pgou que es una consulta medica y no unas oficinas.

Oki doki. De todas formas, como mencionaba antes, creo que a las consultas médicas les aplica uso administrativo, y no hospitalario, según el CTE, ¿no? :alarma

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