Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#222493
Buenos días a todos:

En mi primer proyecto, me está pareciendo más complicado los trámites que el mismo proyecto.

Sabe alguien corregir u ordenar cronológicamente este listado para una simple instalación eléctrica en un local comercial?

1º Instancia para pedir visado. + Contrato con la propiedad o empresa que me subcontrata
+ 5 copias del proyecto.(Colegio)
+ Aceptación de dirección de obra y ejecución de obra.(Colegio)
+ Expedición del libro de órdenes y asistencias.(Colegio)
+ Aceptación de la coordinación facult. en materia de seguridad y salud.(Colegio)
+ Libro de incidencias.(Colegio)



2º Impreso (Boletín) de industria + proyecto visado.+ Certificados de dirección de obra y
seguridad y salud (Consejería de Industria)

3º Certificado fin de obra en baja tensión. (Colegio)

4º Presentar libros y certificado fin de obra en Industrial.

Y todo esto para una instalación eléctrica.!!!

A parte del listado, dos preguntas.
1º El proyecto visado lo lleva a industria el electricista que va a hacerlo o el ingeniero.?
2º La propiedad no es la que me encarga el proyecto, sino una empresa de reformas.
¿Pueden ellos ir a pagar los visados, o tiene que ser la propiedad?

Gracias de antemano a todos.
por
#226088
Bueno mas o menos lo tienes bien ordenado

En resumen haces el proyecto y lo visas,el libro de ordenas no lo veo muy necesario pero puedes tenerlo.

Una vez que la instalación esté realizada necesitas el certificado del instalador, y al menos en andalucía tienes que entregar en Industria, tú o quien sea, los siguientas documentos:

Proyecto
Final de instalaciones
Certificado del instalador
Ficha Técnica Descriptiva (impreso de lndustria) visada
Además de escrituras, CIF,DNI, etc

El visado lo paga quien hayas especificado en tu presupuesto, al colegio le da igual quien paga.

En mi colegio las facturas de visado van a nombre del colegiado o de la empresa para la cual trabaje el colegiado pero por cuenta ajena, es decir, cuando el ingeniero es un trabajador de la empresa.

A industria la seguridad y la salud no le interesa, ese tema lo lleva empleo.
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#226713
Hombre, si el local NO es de pública concurrencia y tiene menos de 100kW por caja general de protección NO necesita proyecto y la instalación eléctrica se puede legalizar con una memoria técnica de diseño.
por
#237796
Bueno más vale que nunca. Siento la tardanza, pero con las prisas no leí las instrucciones del foro. Casi nada!!.

Al final me contestó la práctica.

1º Visado del proyecto (5 copias).
2º Te vas a la obra a controlar para hacer la dirección de obra. La cual no necesita nada de papeleo, porque al tratarse de algo tan pequeño como una instalación eléctrica, no necesita libro de órdenes y asistencias. Como mucho sacas unas fotos y vigilas que utilicen los cables correctos, térmicos y alumbrado de emergencia.
3º Visas la dirección de obra(5 copias).
4º Se la das al electricista para que te la lleve a Industria o la llevas tú. Y a la OCA para que la revisen.

FIN
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#237816
muskitta escribió:1º Visado del proyecto (5 copias).

:shock: Yo hago 2, industria y cliente. Ya podrían nuestros representantes (que deben ser los colegios) haber pedido hace tiempo que puedan presentarse en soporte digital. Para que luego el ministerio de turno haga publicidad, con nuestro dinero, de lo "ecológicos" que debemos de ser.

muskitta escribió:Se la das al electricista para que te la lleve a Industria o la llevas tú....

Así debería ser siempre, no porque me guste más o porque suponga una batallita en cada instalación, sino porque lo exige el reglamento :amo (ITC-BT-04, apartado 5.5).
Se agradecen las retroalimentaciones ("feedback" para los más "ilustrados") :brindis
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#237924
fsi escribió:
muskitta escribió:Se la das al electricista para que te la lleve a Industria o la llevas tú....

Así debería ser siempre, no porque me guste más o porque suponga una batallita en cada instalación, sino porque lo exige el reglamento :amo (ITC-BT-04, apartado 5.5).
Se agradecen las retroalimentaciones ("feedback" para los más "ilustrados") :brindis


Sasto... No olvidemos nunca que esa ¿pésima? costumbre que tenemos de tramitar los boletines es un "favor" que hacemos a los instaladores, nunca una obligación.
por
#242205
Abundando en el asunto, en «mi» Delegación desde hace poco tiempo solo permiten retirar los boletines al propio instalador, o a quien autorice éste, siempre por escrito.
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