¿ Porque queréis que se cierren estos hilos? Siempre sacáis el tema de las atribuciones.
Las atribuciones no tienen nada que ver con la pregunta original, a lo que se dedica un delineante creía que ya había quedado claro en un anterior mensaje en que se ponía el acceso al Ministerio de Educación donde se podía ver el título de Técnico Superior en Diseño en Fabricación Mecánica, sus competencias generales y las cualificaciones de las unidades de competencias completas como incompletas. Para los que les interese ampliar información que se dirijan al colegio de delineantes, no?.
No sé porque mezcláis temas, las atribuciones profesionales no tienen nada que ver con poder trabajar en otra profesión sino que afectan a esa profesión en exclusividad, que un carnicero o un panadero puede dibujar unas vigas, de eso nadie tiene ninguna duda porque eso no es solo a lo que se dedica un delineante. Pero una cosa si que está clara un arquitecto o un ingeniero por muchas atribuciones que tenga no puede trabajar ni de carnicero ni de panadero. Ni Fernando Alonso aunque tuviera todos los permisos de conducir ni con su súper licencia de F1 puede trabajar, por la cara, de taxista. Las atribuciones en este caso no tienen nada que ver con la Profesión Regulada de Delineante.
Tal como recoge el RD. 1837/2008 en su articulo 4 “A los exclusivos efectos de la aplicación del sistema de reconocimiento de cualificaciones regulado en este real decreto, se entenderá por «profesión regulada» la actividad o conjunto de actividades profesionales para cuyo acceso, ejercicio o modalidad de ejercicio se exija, de manera directa o indirecta, estar en posesión de determinadas cualificaciones profesionales, en virtud de disposiciones legales, reglamentarias o administrativas.”
Este RD es en aplicación de una Directiva Europea, es una decisión colectiva mutuamente obligatoria aprobada por los Estados miembros. La directiva obliga a los Estados miembros a aplicar una serie de medidas, lo cual conllevará una trasposición de las mismas al Derecho nacional de cada Estado. Por lo que al existir disposiciones legales (a nivel autonómico y nacional como entre otras Ley 2/1974 o Ley 7/1997) reglamentarias y administrativas (innumerables RD, D o Ordenes, Resoluciones o Estatutos, tanto a nivel nacional y autonómico) que Regulan el ejercicio de la profesión Regulada de delineante.
Este último RD es relativamente nuevo, es del 2008 y cuando empezaron a aparecer los primeros borradores no salía, entre otras, la profesión de delineante creando gran incertidumbre entre varios colectivos profesionales:
Doce profesiones alarmadas ante la transposición de una directiva. “Medio millón de profesionales españoles, entre los que se encuentran biólogos, físicos, geólogos, psicólogos, sociólogos, administradores de fincas, delineantes, pedagogos, politólogos, peritos mercantiles, diplomados en ciencias empresariales y trabajadores sociales, se muestran estos días preocupados ante la posibilidad de que, a raíz de una transposición de una directiva europea sobre cualificaciones profesionales, cuyo objetivo es facilitar la libre circulación, sus profesiones no sean consideradas profesiones reguladas. Para adaptarse a lo que exige Europa, el Gobierno está trabajando en un real decreto donde figuran 115 profesiones reguladas. Las doce profesiones anteriormente nombradas no están en la lista porque la nueva norma no las concibe como profesiones reguladas, no se sabe si por error, intencionalidad u olvido del Gobierno.” http://www.unionprofesional.com/index.p ... _directiva
Doce profesiones sin pasaporte europeo. http://www.fys.es/fys/cm_view_tnoticia.asp?id=2003217
El Título de Grado y los Colegios Profesionales. http://www.elgraduado.es/54/varios.htm
Al final de todo el revuelo que se monto los delineantes quedamos amparados como profesión regulada en el Real Decreto 1837/2008 Directiva Europea de Profesiones Reguladas: http://www.boe.es/boe/dias/2008/11/20/p ... -46320.pdf y quedándose fuera y más desprotegidas otras profesiones más reconocidas como Periodistas, Ingenieros Técnicos en Diseño Industrial, Ingenieros Informáticos o Ambientologos.
Otro tema que ha salido es el tema de los Ingenieros estén dando clases a los Técnicos Superiores FP, acaso no hay Arquitectos dando clases de Arquitectura Técnica/Ingnieria en Edificación y son dos profesiones distintas y con regulaciones totalmente distintas. ¿Cuál es el problema?, con ese ejemplo parece que se quiere decir que como un Arquitecto puede dar clases puede ejercer libremente de Arquitecto Técnico y en todas las profesiones en las que puede dar clases.
Lo habitual y normal según las estadísticas es que la mayoría nos hemos pasado de velocidad en la autopista, pero eso no quiere decir que sea legal. Que sea habitual que los puestos de trabajo de los delineantes estén ocupados por otros profesionales no quiere decir que sea legal. Si no es así que alguien nos informe donde podemos encontrar alguna Ley o normativa legal donde indique que para ejercer de delineante (que no delinear) no es necesaria una determinada titulación oficial y reglada. O que alguien se presente a unas oposiciones de delineante en que en sus bases no sea obligatoria la titulación oficial (que por desgracia las hay) y que informe al colegio de delineantes correspondiente (y si el colegio quiere) presente un recurso y verá como cambian las bases, ya se ha dado algún caso que por guerras personales o políticas algún alcalde han emprendido una nulidad funcionarial de un trabajador sin la titulación oficial de delineante.

Las atribuciones no tienen nada que ver con la pregunta original, a lo que se dedica un delineante creía que ya había quedado claro en un anterior mensaje en que se ponía el acceso al Ministerio de Educación donde se podía ver el título de Técnico Superior en Diseño en Fabricación Mecánica, sus competencias generales y las cualificaciones de las unidades de competencias completas como incompletas. Para los que les interese ampliar información que se dirijan al colegio de delineantes, no?.
No sé porque mezcláis temas, las atribuciones profesionales no tienen nada que ver con poder trabajar en otra profesión sino que afectan a esa profesión en exclusividad, que un carnicero o un panadero puede dibujar unas vigas, de eso nadie tiene ninguna duda porque eso no es solo a lo que se dedica un delineante. Pero una cosa si que está clara un arquitecto o un ingeniero por muchas atribuciones que tenga no puede trabajar ni de carnicero ni de panadero. Ni Fernando Alonso aunque tuviera todos los permisos de conducir ni con su súper licencia de F1 puede trabajar, por la cara, de taxista. Las atribuciones en este caso no tienen nada que ver con la Profesión Regulada de Delineante.
Tal como recoge el RD. 1837/2008 en su articulo 4 “A los exclusivos efectos de la aplicación del sistema de reconocimiento de cualificaciones regulado en este real decreto, se entenderá por «profesión regulada» la actividad o conjunto de actividades profesionales para cuyo acceso, ejercicio o modalidad de ejercicio se exija, de manera directa o indirecta, estar en posesión de determinadas cualificaciones profesionales, en virtud de disposiciones legales, reglamentarias o administrativas.”
Este RD es en aplicación de una Directiva Europea, es una decisión colectiva mutuamente obligatoria aprobada por los Estados miembros. La directiva obliga a los Estados miembros a aplicar una serie de medidas, lo cual conllevará una trasposición de las mismas al Derecho nacional de cada Estado. Por lo que al existir disposiciones legales (a nivel autonómico y nacional como entre otras Ley 2/1974 o Ley 7/1997) reglamentarias y administrativas (innumerables RD, D o Ordenes, Resoluciones o Estatutos, tanto a nivel nacional y autonómico) que Regulan el ejercicio de la profesión Regulada de delineante.
Este último RD es relativamente nuevo, es del 2008 y cuando empezaron a aparecer los primeros borradores no salía, entre otras, la profesión de delineante creando gran incertidumbre entre varios colectivos profesionales:
Doce profesiones alarmadas ante la transposición de una directiva. “Medio millón de profesionales españoles, entre los que se encuentran biólogos, físicos, geólogos, psicólogos, sociólogos, administradores de fincas, delineantes, pedagogos, politólogos, peritos mercantiles, diplomados en ciencias empresariales y trabajadores sociales, se muestran estos días preocupados ante la posibilidad de que, a raíz de una transposición de una directiva europea sobre cualificaciones profesionales, cuyo objetivo es facilitar la libre circulación, sus profesiones no sean consideradas profesiones reguladas. Para adaptarse a lo que exige Europa, el Gobierno está trabajando en un real decreto donde figuran 115 profesiones reguladas. Las doce profesiones anteriormente nombradas no están en la lista porque la nueva norma no las concibe como profesiones reguladas, no se sabe si por error, intencionalidad u olvido del Gobierno.” http://www.unionprofesional.com/index.p ... _directiva
Doce profesiones sin pasaporte europeo. http://www.fys.es/fys/cm_view_tnoticia.asp?id=2003217
El Título de Grado y los Colegios Profesionales. http://www.elgraduado.es/54/varios.htm
Al final de todo el revuelo que se monto los delineantes quedamos amparados como profesión regulada en el Real Decreto 1837/2008 Directiva Europea de Profesiones Reguladas: http://www.boe.es/boe/dias/2008/11/20/p ... -46320.pdf y quedándose fuera y más desprotegidas otras profesiones más reconocidas como Periodistas, Ingenieros Técnicos en Diseño Industrial, Ingenieros Informáticos o Ambientologos.
Otro tema que ha salido es el tema de los Ingenieros estén dando clases a los Técnicos Superiores FP, acaso no hay Arquitectos dando clases de Arquitectura Técnica/Ingnieria en Edificación y son dos profesiones distintas y con regulaciones totalmente distintas. ¿Cuál es el problema?, con ese ejemplo parece que se quiere decir que como un Arquitecto puede dar clases puede ejercer libremente de Arquitecto Técnico y en todas las profesiones en las que puede dar clases.
Lo habitual y normal según las estadísticas es que la mayoría nos hemos pasado de velocidad en la autopista, pero eso no quiere decir que sea legal. Que sea habitual que los puestos de trabajo de los delineantes estén ocupados por otros profesionales no quiere decir que sea legal. Si no es así que alguien nos informe donde podemos encontrar alguna Ley o normativa legal donde indique que para ejercer de delineante (que no delinear) no es necesaria una determinada titulación oficial y reglada. O que alguien se presente a unas oposiciones de delineante en que en sus bases no sea obligatoria la titulación oficial (que por desgracia las hay) y que informe al colegio de delineantes correspondiente (y si el colegio quiere) presente un recurso y verá como cambian las bases, ya se ha dado algún caso que por guerras personales o políticas algún alcalde han emprendido una nulidad funcionarial de un trabajador sin la titulación oficial de delineante.