- 06 Jul 2010, 22:32
#229813
ya he encontrado el expediente completo (lo informatizo todo y en un disco de seguridad antiguo venia todo)mira la comunicacion de no pago pues es de febrero de 2008 y el periodo reclamado eran 5 años (que memoria la mia)
La reglamentación que yo me basaba era la Intruccion 5/2/2003 de la junta de andalucia en ella se indica que el contador se debe llevar a verificar y hacer tres pruebas, en mi caso de haberse llevado el contador a un laboratorio habría medido bien, luego no era funcionamiento incorrecto.. De todas fortmas me dijo (lo resumo al fina
el de industria me dijo eso que no creiea que tuviera que pagar pero que en el peor de los casos aun interpretando que fuese un error sería un año (que podríamos haber asumido)
la Intruccion 5/2/2003 de la junta de andalucia te la resumo (los cuadraditos son acentos pero no tengo gans de corregir el que la quiera boja 24/2/2002)
2. Refacturacin complementaria.
Comprobado que el equipo de medida funciona incorrectamente
se proceder a efectuar una refacturacin complementaria
tomando como error, el que se obtenga de la expresi
n de ew pero considerando los errores e0,1 lb, e0,5lb y e0,5lmax.,
con su signo.
Si el error de registro obtenido ew, es superior al 10%,
se repetirn las medidas dos veces ms, de modo que se
tengan tres valores de errores, por cada una de las intensidades
que figuran en la tabla del punto 1.d). En el caso en que
los errores mximos obtenidos no superen en un 20% a los
errores mnimos, para todas y cada una de las intensidades
de ensayo, se refacturar con arreglo a lo indicado en el primer
prrafo, tomando como valor de error para cada intensidad,
el valor medio de los tres obtenidos.
Si el error mximo supera en un 20% al mnimo para
cualquier intensidad, se refacturar con arreglo a la media
de lo que indique un nuevo equipo de medida, tomando la
medida de consumos de 6 meses.
En el supuesto de un contador que al verificarlo, no mida
energa para ninguna de las intensidades indicadas anteriormente
(contador parado por error tcnico), se refacturar en
base a la media de los datos de consumo que se reflejen
en un histrico de 3 aos. Si no se tuviesen datos de 3 aos
por falta de antigedad del usuario, o el nmero de meses
con datos fuese inferior a 6, se refacturar con arreglo a lo
que indique un nuevo equipo de medida, tomando la media
de consumos de 6 meses.
3. Período de refacturacin.
Cuando sea posible determinar la fecha en que se produjo
el funcionamiento incorrecto del equipo de medida, la refacturaci
n se aplicar por un perodo igual al comprendido entre
la fecha de la solicitud de verificacin hasta la fecha en que
se produjo el funcionamiento incorrecto, no pudiendo superarse
un período mximo de tres aos. Cuando no sea posible
dicha determinacin la refacturacin se extender como mximo
a tres meses.
Si se hubieran facturado cantidades inferiores a las debidas,
la diferencia a efectos de pago podr ser prorrateada
en tantas facturas mensuales como meses transcurrieron en
el error, sin que pueda excederse el aplazamiento en un tiempo
superior a dos aos.
Si se hubieran abonado cantidades en exceso, la devoluci
n se producir en la primera facturacin siguiente, sin
que pueda producirse fraccionamiento de los importes a
devolver.
4. Error administrativo.
Si se comprueba que el equipo de medida funciona correctamente
pero se hubieran producido errores en la facturacin
como consecuencia de errores administrativos, se procedern
a refacturar siguiendo los mismos criterios para cobros o devoluciones
indicados para el error tcnico.
5. Gastos de verificacin. A los efectos previstos en la
presente Instruccin, tendrn la consideracin de gastos de
verificacin las tarifas oficialmente aprobadas a percibir por
Verificaciones Industriales de Andaluca, S.A., por la verificaci
n del contador. Asimismo, se considerarn gastos derivados
de la verificacin, los derechos de enganche y desenganche
del contador, a satisfacer, en su caso, a la Empresa
distribuidora. La imputacin de los referidos gastos se realizar
conforme a los siguientes criterios:
a) Si el equipo de medida funciona incorrectamente, los
gastos de verificacin sern por cuenta del propietario del
equipo.
En el supuesto de que el propietario del equipo fuese
el solicitante la empresa distribuidora facturar a ste en el
primer recibo una cantidad igual a los derechos de enganche.
b) Si el equipo de medida funciona correctamente, los
gastos de verificacin sern por cuenta del solicitante de la
verificacin.
En el supuesto de que el solicitante no fuese la empresa
distribuidora, sta facturar al solicitante en el primer recibo
una cantidad igual a los derechos de enganche.
como ves aqui cuando se conoce la fecha del "error" cita tres años máximo si se sabe el error pero como el 1955 limita a menos (1 año) pueseste ultimo prevalece. Pero también dice que cuando no se sabe (valles no "sae"! cuando se rompieron los precintos pues tres meses.........
en fin que no me obsesiono en tener la verdad absoluto de no tener que pagar te cuento que la compañia parece que ha interpretado lo mismo que tiene que demostrar que el contador funciona mal, (cosa que no puede hacer pues en el laboratorio medirá bien..) pero que en un momento dado les pueden dar la razon lo reconozco pero en todo caso un año.....
saludos
Ingeniería: Es la profesión que combina el arte y la ciencia con el fin de crear soluciones o alternativas para mejorar una situación.