JCas escribió:serch escribió:ITC-EA-02 Tablas 2-3-4-5
*"Para todas las situaciones de proyecto X y X1, cuando las zonas proximas sean claras (fondos claros), todas las vias de trafico verán incrementadas sus exigencias a las de clase de alumbrado inmediatamente superior"
ITC-EA-02 punto 2.1.3
"Cuando para una determinada situación de proyecto e intensidad de trafico puedan seleccionarse distintas clases de alumbrado, se elegirá la clase teniendo en cuenta la complejidad del trazado, el control del tráfico, la separación de los distintos tipos de usuarios y otros parámetros especificos."
Ya, esas dos indicaciones amplían la información de las tablas de la ITC hasta el nivel de la tabla de la UNE. Me gusta sobretodo la 2.1.3 por lo concreta que es.
http://noticias.juridicas.com/base_dato ... -2008.html
http://www.iac.es/adjuntos/otpc/Niveles ... 1-2009.pdf
Dices que el punto 2.1.3 es muy concreto. Ya me dirás que es lo concreto en la tabla resumen del IAC que adjuntas cuando te dice que para un mismo tipo de carretera tipo B1 con un IMD > 7000 diferencia entre un tipo de carretera comercial, turistico y otra que no lo es, con las consiguientes diferencias en clase de alumbrado.
Es más, la disposición de la tabla no te dice que puedes incrementar los valores mínimos según la tipología geometrica de la via que estudias. No es lo mismo, una carretera IMD > 7000 recta y sin intersecciones ni arcen que otra con cambios bruscos de rasante y con varias intersecciones y arcén a los lados. En ese caso, el RD te dice que si lo ves oportuno, te vayas al inmediatamente superior.
Lo que vengo a decir desde el principio, es que no necesitas obligatoriamente las normas UNE para realizar un calculo correcto de la iluminación de una carretera. Que simplemente usando correctamente el RD 1890/2008 es más que suficiente. Que la UNE te puede ayudar complementar también.
Es mi opinión, y soy cabezota.