Ley antitabaco opiniones. (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Temas de actualidad, anécdotas, presentaciones y esas otras cuestiones no-ingenieriles
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#252556
Pues así es como se lo monta la chusma municipal en oviedo..

Osea, NO tienen licencia para terraza.. los que la tiene no es permanente (todo el año).. NO se han solicitado.. pero NO importa.. sacad las cosas a la calle... que seremos flexibles... (dejar que los niños se acerquen a mi.. :mrgreen: )..

Yo me hago dos preguntas :
    1 - Por que eggs hay que ceder espacio publico, en beneficio de un negocio privado ??.
    2 - Se prohíbe en el interior.. pero se saca la calle, y se cierra con un toldo :shock: :shock: .. yo no salgo del asombro.. para eso, haber puesto bares si / NO y que el cliente decida...
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#252561
Cueli escribió:Yo me hago dos preguntas :
    1 - Por que eggs hay que ceder espacio publico, en beneficio de un negocio privado ??.
    2 - Se prohíbe en el interior.. pero se saca la calle, y se cierra con un toldo :shock: :shock: .. yo no salgo del asombro.. para eso, haber puesto bares si / NO y que el cliente decida...


Creo que esto es la opción más inteligente, como ya he dicho antes, pero claro, estamos en España...
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#252589
Bekenise escribió:
Cueli escribió:Yo me hago dos preguntas :
    1 - Por que eggs hay que ceder espacio publico, en beneficio de un negocio privado ??.
    2 - Se prohíbe en el interior.. pero se saca la calle, y se cierra con un toldo :shock: :shock: .. yo no salgo del asombro.. para eso, haber puesto bares si / NO y que el cliente decida...


Creo que esto es la opción más inteligente, como ya he dicho antes, pero claro, estamos en España...


En ese caso, casi todos los bares serían de fumadores, para no perder al cliente del pitillo, sabiendo que al final casi todos los no fumadores claudican.

Y no resuelves el problema de la exposición de los trabajadores.

Lo único que yo creo que se podría hacer es permitir fumar en un espacio cerrado en el que no entrara ningún trabajador. Se pasa la bebida por una abertura de doble puerta, y los mismos usuarios son los encargados de limpiar la zona.

En realidad, esto que se ha legislado en España, es igual en otros países europeos, y acabará siendo exactamente igual en todos.

No somos una excepción. Hacemos lo mismo que ya han hecho o que harán en breve nuestros vecinos.
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#252598
jose-mac escribió:En ese caso, casi todos los bares serían de fumadores, para no perder al cliente del pitillo, sabiendo que al final casi todos los no fumadores claudican.
Bien.. y ahora en las terrazas cerradas ?? van a entrar igual ??... me dirás que ya les es opcional.. bueno, bien.. cierto es.. y también lo es si entran en bares de fumadores antes...

Y eso de que "todos de funador", ni de coña.. vamos.. el negocio del siglo en ese escenario para el ue ponga uno de NO humo.. !!
Teniendo presente, que solo un 35% fuma.. lo que desaparecería es el fumador..


, y los mismos usuarios son los encargados de limpiar la zona.
Peor que dices ??.. la gente, el cliente, ha de barrer la sala.. de colillas y vaciar ceniceros ?? :shock: :shock: :shock: madre.. con lo limpios y pulcros que somos.. después de la primera semana, entras en uno de esos y pillas el ébola, solo por pasear.. :cabezazo :cabezazo


En realidad, esto que se ha legislado en España, es igual en otros países europeos, y acabará siendo exactamente igual en todos.

No somos una excepción. Hacemos lo mismo que ya han hecho o que harán en breve nuestros vecinos.
Pero es que los ciudadanos de este pais, NO son igual que los de otros... vale que se igualen Normas, pero NO soluciones..
El bajo grado de civismo, no tiene parangón en Europa.
Estas hablando de Europa, donde a las 10 de la noche esta todo el mundo durmiendo.. aquí , se sale a esa hora.. hay pequeños matices.
.


A mi me han de explicar algo, por que es que no lo termino de pillar...
Por que está prohibido fumar en las inmediaciones de un parque infantil.. que será mucha inmediación.. pero es al aire libre... y si se admite que en la mesa de al lado donde esta tomando una tapa, estés rodeado de chimeneas.. ??..

    1 -Osea, NO se puede ir con niños nunca mas a una terraza..
    2 - En las terrazas, el huno asciende, y en los parques NO..
    3 - En las terrazas, que se J***a el niño.. que va allí por vicio.. de el o de los padres..

Cual es la correcta ?
Última edición por Cueli el 17 Ene 2011, 18:14, editado 1 vez en total
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#252600
Oí o leí el otro día algo interesante a este respecto que era que el bar que permitira fumar pagara una tasa/impuesto de forma que no se diera una facilidad manifiesta de que los bares, en su mayoría, decidieran ser de fumadores y permite ciertas zonas a los fumadores.

Creo que se podrían haber estudiado actuaciones similares, pero ...
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#252805
Yo creo que tarde o temprano tendrán que modificar la ley. Así de simple. No es lógico, como apuntaban más arriba, que no se permita fumar en los alrederores de los parques infantiles y, en cambio, sí se permita en las terrazas de los bares. Las terrazas son parte integrante de la actividad que se desempeña, por tanto, requieren el permiso municipal.

Vamos, que más de lo mismo.

¡Ay!, que país este...
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#252812
Por cierto.. lo de poner las estufitas en la terraza..(de gas, o eléctricas) no es que me parezca bien o mal.. es que NO está permitido...

IT 1.2.4.6.4. Climatización de espacios abiertos.
La climatización de espacios abiertos sólo podrá realizarse mediante la utilización de energías renovables o residuales. No podrá utilizarse energía convencional para la generación de calor y frío destinado a la climatización de estos espacios.


y si cierras las terraza (ya no vamos a hablar de la eficiencia de esos cerramientos) NO serían un espacio abierto luego, NO se podría fumar...

A que voy a ser el único que se lee los reglamentos .... :cabezazo


EDITO, para un matiz...
El ambito de aplicación del RITE, es para instalaciones fijas...
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
1. A efectos de la aplicación del RITE se considerarán como instalaciones térmicas las instalaciones fijas de climatización (calefacción, refrigeración y ventilación) y de producción de agua caliente sanitaria, destinadas a atender la demanda de bienestar térmico e higiene de las personas.


...y claro.. que se entiende por FIJA ??... pues yo entiendo que tener esas estufas ahí todo el invierno.. NO es algo temporal.. aunque eso quizas no sea la acepción "fijo", que pretende el RITE, sino mas bien se refiere a que no se puedan mover...

Pero en todo caso.. los que es infumable, es que se obligue a poner eficiencia en los cerramientos del bar, y luego se le deje poner estufas en la calle.. :cabezazo
Última edición por Cueli el 18 Ene 2011, 18:37, editado 1 vez en total
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#252816
Cueli escribió:Por cierto.. lo de poner las estufitas en la terraza..(de gas, o eléctricas) no es que me parezca bien o mal.. es que NO está permitido...

IT 1.2.4.6.4. Climatización de espacios abiertos.
La climatización de espacios abiertos sólo podrá realizarse mediante la utilización de energías renovables o residuales. No podrá utilizarse energía convencional para la generación de calor y frío destinado a la climatización de estos espacios.


y si cierras las terraza (ya no vamos a hablar de la eficiencia de esos cerramientos) NO serían un espacio abierto luego, NO se podría fumar...

A que voy a ser el único que se lee los reglamentos .... :cabezazo

:partiendo2 :partiendo2 :partiendo2
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#252853
No obstante, ¿el Rite no es solo de aplicación en los edificios? Lo digo porque las terrazas de los bares son VÍA PÚBLICA.
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#252881
Cueli escribió:Por cierto.. lo de poner las estufitas en la terraza..(de gas, o eléctricas) no es que me parezca bien o mal.. es que NO está permitido...

IT 1.2.4.6.4. Climatización de espacios abiertos.
La climatización de espacios abiertos sólo podrá realizarse mediante la utilización de energías renovables o residuales. No podrá utilizarse energía convencional para la generación de calor y frío destinado a la climatización de estos espacios.


y si cierras las terraza (ya no vamos a hablar de la eficiencia de esos cerramientos) NO serían un espacio abierto luego, NO se podría fumar...

A que voy a ser el único que se lee los reglamentos .... :cabezazo


EDITO, para un matiz...
El ambito de aplicación del RITE, es para instalaciones fijas...
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
1. A efectos de la aplicación del RITE se considerarán como instalaciones térmicas las instalaciones fijas de climatización (calefacción, refrigeración y ventilación) y de producción de agua caliente sanitaria, destinadas a atender la demanda de bienestar térmico e higiene de las personas.


...y claro.. que se entiende por FIJA ??... pues yo entiendo que tener esas estufas ahí todo el invierno.. NO es algo temporal.. aunque eso quizas no sea la acepción "fijo", que pretende el RITE, sino mas bien se refiere a que no se puedan mover...

Pero en todo caso.. los que es infumable, es que se obligue a poner eficiencia en los cerramientos del bar, y luego se le deje poner estufas en la calle.. :cabezazo



No le busques los 3 pies al gato. Instalación fija, es instalación que no es móvil. Si tiene ruedas, y no tiene nada conectado a una instalación fija, entonces es portátil.
Según tu definición, un coche que se tirara todo un invierno aparcado en el mismo sitio, ya no sería un automóvil, sino un inmueble.

Como he comentado antes, algunos ayuntamientos piden firma de un ingeniero para instalar esas estufas (yo he legalizado alguna).
Cuando lees las características técnicas de la misma, ves que el fabricante se cuida mucho de indicar que sólo se pueden poner en exterior. No se pueden instalar en sitios cerrados... tampoco se pueden instalar en terrazas cerradas, porque ahí hay un problema de seguridad importante.

Realmente, tampoco calientan el ambiente propiamente dicho. Funcionan básicamente por radiación. Calientan la superficie a la que irradian. Obviamente, generan calor (y por eso, si existe algún tipo de toldo, o cerramiento por arriba, debe estar a 2 metros).

Pero vamos, que los fabricantes sólo permiten su instalación en exterior. Sería ilegal montar una de esas dentro de un espacio cerrado.
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#252882
El RITE se aplicará a las instalaciones térmicas de los edificios de nueva construcción o en las reformas de las mismas en los edificios existentes.
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#252912
James escribió:El RITE se aplicará a las instalaciones térmicas de los edificios de nueva construcción o en las reformas de las mismas en los edificios existentes.
Si, si.. no hay duda de eso...
Esto que he dicho, es mas una muestra de la incongruencia, que una aplicación literal, para decir : "nO se pueden poner"..

jose-mac escribió:No le busques los 3 pies al gato. Instalación fija, es instalación que no es móvil. Si tiene ruedas, y no tiene nada conectado a una instalación fija, entonces es portátil.
Totalmente de acuerdo.. la acepción de "fijo" es como dices..
Ahora bien.. el RITE, es un reglamento de Eficiencia y seguridad en instalaciones termicas..

Si esa estufa, la atornillas al suelo.. ya no seria móvil, verdad??.. y si en vez de estar en una terraza en la calle, esta debajo de un voladizo, de un edificio singular.. (típico restaurante de comidas en una finca), ya no seria "vía publica" seria parte del edificio..

Entonces, si seria de aplicación el RITE ( o podría interpretarse que si).. ?? bien.. pues que ha cambiado.. ? desde el punto de vista térmico, nada... que es lo que el reglamento regula.

jose-mac escribió:Realmente, tampoco calientan el ambiente propiamente dicho. Funcionan básicamente por radiación. Calientan la superficie a la que irradian. Obviamente, generan calor (y por eso, si existe algún tipo de toldo, o cerramiento por arriba, debe estar a 2 metros).
Disipa energía en el ambiente, en un espacio abierto....


jose-mac escribió:Pero vamos, que los fabricantes sólo permiten su instalación en exterior. Sería ilegal montar una de esas dentro de un espacio cerrado.
Pues por aquí casi todas están cerradas con toldos.. yo no entro en una de esas, ni jarto vino....


Lo que esta claro, es que la filosofía del RITE, es la de ahorra energía... y lo de fijas, / no fijas, lo deja abierto, para situaciones puntuales.. Pero en el nuevo panorama, esa excepción, va a ser un habitual.. y dudo mucho, que eso encaje en la idea del legislador.

Como siempre, se aprovecha un punto, para tirar del hilo y llevarlo al extremo..

Por que si no, a mi me han de explicar, por que el pollo se ha de gastar una pasta en aislar muros, recuperar calor de ventilación y demas gaitas... y al lado de fuera.. tiene 4 estufas calentando la atmósfera... :cabezazo :cabezazo
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#252921
Cueli escribió:Por que si no, a mi me han de explicar, por que el pollo se ha de gastar una pasta en aislar muros, recuperar calor de ventilación y demas gaitas... y al lado de fuera.. tiene 4 estufas calentando la atmósfera... :cabezazo :cabezazo


:yep
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#253000
James escribió:No obstante, ¿el Rite no es solo de aplicación en los edificios? Lo digo porque las terrazas de los bares son VÍA PÚBLICA.


y como tales, no pueden ser cerradas con toldos por el primer %"&%%$$ que le de la gana de hacerlo
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#253898
valiente ejemplo nos dan...pero claro haz lo que os digan, no lo que hagan....


diputados fumando en las cortes

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