- 14 Feb 2011, 11:08
#256934
Hola a todos,
he estado leyendo el foro y no encuentro una respuesta clara a mi cuestión. Agradecería que alguien me pudiese aclarar lo siguiente:
En un local comercial de aproximadamente 45 m2, que actualmente está en uso (venta de ropa) y que no dispone de sistema de ventilación, ¿es obligado el cumplimiento del RITE, a pesar de que no se ha efectuado ningún tipo de reforma en el local y que no ha habido cambio de uso?.
Yo entiendo que no es de aplicación, ya que según el Ámbito de aplicación del RITE:
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
1. A efectos de la aplicación del RITE se considerarán
como instalaciones térmicas las instalaciones fijas de climatización
(calefacción, refrigeración y ventilación) y de producción de agua caliente sanitaria, destinadas a atender
la demanda de bienestar térmico e higiene de las
personas.
2. El RITE se aplicará a las instalaciones térmicas en
los edificios de nueva construcción y a las instalaciones
térmicas en los edificios construidos, en lo relativo a su
reforma, mantenimiento, uso e inspección, con las limitaciones
que en el mismo se determinan.
3. Se entenderá por reforma de una instalación térmica
todo cambio que se efectúe en ella y que suponga
una modificación del proyecto o memoria técnica con el
que fue ejecutada y registrada.
¿Estoy en lo cierto?.
Muchas gracias a todos!!
Última edición por Goico el 14 Feb 2011, 15:18, editado 1 vez en total