Diferencia practicas y contrato en practicas (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Atribuciones y competencias profesionales, asociación corporativa, opiniones y críticas de la profesión, etc.
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#257792
Pues estoy hecho un lio porque leo que la gente esta de practicas (situacion laboral desconocida para mi y para la legislacion laboral) cobrando 600 Euros. Yo lo unico que conozco es el contrato en practica que se realiza despues de acabar la carrera y en el cual te pagan el 75% del sueldo base de ingeniero, que es mas de los 600.

Y a parte de lo anterior esta el becario que es el estudiante que no ha terminado la carrera y se pone a aprender o echar una mano.

En fin me podeis aclarar eso y que tipo de contrato firma cada uno.......porque yo no lo veo :cabezazo
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#257796
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tuso escribió: En fin me podeis aclarar eso y que tipo de contrato firma cada uno.....


No está mal para todo un abogado :partiendo2 :partiendo2 :partiendo2 :partiendo2 :partiendo2
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#257799
Prácticas de empresa (vía Universidad, por lo general): Pueden ser cobrando o no, puede pagar algo la empresa o no (a veces paga el gobierno regional o una fundación). No cotizas, no tienes paro, aunque al menos tienes seguro de accidentes. Se supone que la empresa que tiene a un becario en prácticas está obligada a proporcionarle cierta formación.

Contrato en prácticas: Lo que conoces. Se va a un % del convenio (60-75% me parece) y ya cotizas y esas cosas. Está limitado (me suena) a dos años.

No sé si he arrojado suficiente luz, pero es hasta donde llego.
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#257802
chichas escribió:...aunque al menos tienes seguro de accidentes....


Antes era el mismo seguro escolar.

Un saludo.
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#257804
Hola.

El contrato en prácticas viene a ser la manera de fichar a un titulado a precio de saldo pero con las obligaciones de un contratado normal. Muchas empresas utilizan este sistema para ahorrar costes, especialmente ahora.

Inicialmente, estarás un año cobrando el 75% del sueldo. Después, puesen tenerte otro año más cobrando creo que el 85%. Después están obligados a contratarte de indefinido/a, o echarte. Es posible que llegados a este punto, en una oficina de proyectos o una oficina técniuca de cualquier tipo, te ofrezcan un contrato indefinido pero de 6 o 4 horas; así, seguirás cobrando una miseria y sacarás adelante el trabajo de ocho horas igualmente pero en menos tiempo.

Espero haberte aclarado el tema y no te desanimes: cuando acumules un poco de experiencia, les mandas a tomar por saco y buscas otro curro.

Basado en hechos reales... :cunao

In saludo a todos/as
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#257805
Chichas aclara bien la diferencia, con la salvedad de que tras la reforma de las pensiones los becarios sí cotizarán (no sé con detalle si todos, o sólo determinado tipo).
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#257807
Durante una beca, la empresa tiene la obligación de adaptar los horarios del becario a sus estudios (= días libres para exámenes/prácticas, horario normalmente de media jornada, formación, 0 responsabilidades, etc).

Un contrato de prácticas creo que es sólo para titulados. Cotizando y demás, pero con una flexibilidad mucho menor. Básicamente estás trabajando como cualquier otro, pero más barato hasta que aprendas (esa es la teoría...).
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#257873
chichas escribió:Prácticas de empresa (vía Universidad, por lo general): Pueden ser cobrando o no, puede pagar algo la empresa o no (a veces paga el gobierno regional o una fundación). No cotizas, no tienes paro, aunque al menos tienes seguro de accidentes. Se supone que la empresa que tiene a un becario en prácticas está obligada a proporcionarle cierta formación.

Contrato en prácticas: Lo que conoces. Se va a un % del convenio (60-75% me parece) y ya cotizas y esas cosas. Está limitado (me suena) a dos años.

No sé si he arrojado suficiente luz, pero es hasta donde llego.



Si, esto es lo que yo sabia...pero como ahora la palabra practicas lo abarca todo, resulta que hay gente con la carrera terminada que va de becario? o ha hacer practicas?(sin contrato) a una empresa........y eso esta prohibido o por lo menos no admitido por la ley, en fin que queria asegurarme.

Y a parte de eso luego esta el caso de que siendo ingeniero tiene un contrato de deliniante p.ej. que ya es la estafa manifiesta, porque no es ni una cosa ni otra.

Ahora lo que me queda duda es de si esta teoria se corresponde con la realidad porque, ya digo, casos raros habra a cientos......pero cual es la tonica general? :brindis
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#257951
Pues se lleva mucho lo de los becarios titulados. Lo más jodido es que no paga la empresa, sino la Junta o la Universidad. Es práctica generalizada por estos barrios que el primer trabajo sea en estas condiciones (6 meses). Personalmente me gustaría evitarlo, pero también hay opciones interesantes en estas becas.

Se hace un contrato, pero no es un contrato laboral. Es otra cosa que no sé lo que es, pero legal debe de ser, pues hay instituciones de por medio.
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#257955
chichas escribió:Pues se lleva mucho lo de los becarios titulados. Lo más jodido es que no paga la empresa, sino la Junta o la Universidad. Es práctica generalizada por estos barrios que el primer trabajo sea en estas condiciones (6 meses). Personalmente me gustaría evitarlo, pero también hay opciones interesantes en estas becas.

Se hace un contrato, pero no es un contrato laboral. Es otra cosa que no sé lo que es, pero legal debe de ser, pues hay instituciones de por medio.


Con la última reforma, el periodo de beca (hasta un máximo de 2 años) va contabilizar para el cálculo de los años cotizados. Con la beca unicamente retienen un 2%. Es una forma de iniciarse en el mundo laboral y conseguir experiencia pero hay que estudiar muy bien la empresa donde se va entrar. Muchas empresas aprovechan estas fórmulas de contratación para tener trabajadores baratos (como ThyssenKrupp Norte, empresa ubicada en Mieres Asturias).

Hay diferentes fórmulas:
- Prácticas (con la carrera sin terminar)
- Beca (con la carrera terminada o sin terminar)
- Contrato en prácticas (con la carrera terminada. Normalmente es el siguiente contrato que suelen hacer después del periodo de beca).

Una fórmula utilizada por las empresas es: 1 año en Beca - 1 año contrato en prácticas. Si al final de estos dos años sigues haciendo falta pasas a un contrato indefinido (a algún compañero le hicieron un contrato temporal de 5 años).
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#257964
Hola chicos.

Solo puedo deciros que en el contrato en practicas no siempre se cobra el % del sueldo base. Ya que yo recien salido de la escuela los trabajos que me salieron, todos de prevencionista, pacte el sueldo pero en todos ellos marcaba como contrato en practicas cobrando lo que había pactado.
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#257979
acme1974 escribió:Hola.

El contrato en prácticas viene a ser la manera de fichar a un titulado a precio de saldo pero con las obligaciones de un contratado normal. Muchas empresas utilizan este sistema para ahorrar costes, especialmente ahora.

Inicialmente, estarás un año cobrando el 75% del sueldo. Después, puesen tenerte otro año más cobrando creo que el 85%. Después están obligados a contratarte de indefinido/a, o echarte. Es posible que llegados a este punto, en una oficina de proyectos o una oficina técniuca de cualquier tipo, te ofrezcan un contrato indefinido pero de 6 o 4 horas; así, seguirás cobrando una miseria y sacarás adelante el trabajo de ocho horas igualmente pero en menos tiempo.

Espero haberte aclarado el tema y no te desanimes: cuando acumules un poco de experiencia, les mandas a tomar por saco y buscas otro curro.

Basado en hechos reales... :cunao

In saludo a todos/as


Oye, porque no cuentas esos HECHOS REALES, con detalle, me interesaria mucho :brindis
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#259330
Muchas gracias por esta información. Yo también tenía la cabeza hecha un lío con tanta "practica".
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#259422
En principio como becario, no existe una relación contractual entre tú y la empresa, más bien entre la empresa y la Universidad y entre la Universidad y tú (que alguien me corrija si estoy diciendo una idioted..jeje). (de hecho es la Universidad la que te paga a ti y la empresa paga a la Universidad.

El IRPF por defecto siempre lo colocan en el 2%, no obstante, al hacer la declaración de la renta en caso de que no hubieras llegado al mínimo para cotizar se te devolvería.


Respecto del contrato en prácticas:

Sólo te pueden contratar en esta modalidad si hace menos de 4 años desde la terminación de los estudios por los que se te contrata.

No puede ser inferior a 6 meses ni superior a 2 años (ninguna persona podrá estar contrata más de 2 años en practicas en virtud a la misma titulación).

La retribución del trabajador será la fijada en convenio colectivo para los trabajadores en prácticas, sin que, en su defecto, pue-da ser inferior al 60% o al 75% durante el primero o el segundo años de vigencia del contrato, respectivamente, del salario fijado en convenio para un trabajador que desempeñe el mismo o equivalente puesto de trabajo. No puede ser inferior al SMI.

Si queréis más información leed la normativa:

Artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción dada por la Ley 63/97, de 26 de diciembre (B.O.E. de 30 de diciembre).
R. D. 488/98, de 27 de marzo, por el que se desarrolla el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos formativos (B.O.E. de 9 de abril).
R. D. 63/2006, de 27 de enero (B.O.E. de 3 de febrero).

Un saludo.
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#259449
KTURKK escribió:Con la última reforma, el periodo de beca (hasta un máximo de 2 años) va contabilizar para el cálculo de los años cotizados. Con la beca unicamente retienen un 2%. Es una forma de iniciarse en el mundo laboral y conseguir experiencia pero hay que estudiar muy bien la empresa donde se va entrar. Muchas empresas aprovechan estas fórmulas de contratación para tener trabajadores baratos (como ThyssenKrupp Norte, empresa ubicada en Mieres Asturias).


A mi eso me interesa, tengo un año como becario a traves de la fundación de la Universidad.
He estado buscando un poco y he encontrado este articulo: http://www.primerempleo.com/noticias/de ... sp?id=5462
Según esto las condiciones para poder sumar el tiempo de becario a los años cotizados sería:
- No haber cumplido los 32 años en el momento de la entrada en vigor de la reforma de las pensiones, que será en el 2013. (Eso me pilla muy justito, y sumandole que según el articulo la "norma reglamentaria" sobre los derechos de los becarios se puede demorar un poco más, creo que me quedo fuera :cabezazo .)
- Se podrán rescatar las becas de hasta 4 años antes de la publicacion de la ley en el BOE que se prevee a finales de 2011, luego entraran becas desde finales de 2007 (yo la hice en 2008)
- El propio becario tendrá que pagar la cotización a la SS de ese periodo, que serían 530 € por año.

Tendré que estar pendiente a ver como queda la cosa y puedo sumarme ese añito.
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