Amigo y colega Laca:
El R.E. 842/2.006 y el R.D.de los Gases Fluorados en España, refiere a que las empresas que manipulan los refrigerantes han de estar "HABILITADAS" y que dentro de las empresas deben manipular los refrigerantes aquellas personas que estén cualificadas....
Da igual ,por tanto, que sean instaladores y/ó mantenedores de equipos de refrigeración que manipulen gases de Efecto invernadero como p.e. los que estás utilizando como R-404A.
El perosnal que tenga el antiguo carnet del Rite podrán optar sin mas a obtener el nuevo carnet hasta 3 Kg. y los que tengan el antiguo de instalador/conservador frigoristaautorizado podrán optar al nuevo carnet sin limitación de cantidades...
En todo caso el R.D. 795, contempla los cursos que hay que hacedr complementarios para obtener los nuevos carnet, partiendo de unos u otros títulos anteriores ó sin ninguno de ellos.
Para estar comoempresa "Habilitada", cada Comunidad ha elegido un Organismo que hace la recepción de las solicitudes y que se encargará de colocarlo en Internet y cada una de esas Cominidades que tienen trasferidas las potentades, podrán exigir lo que les parezca mejor,porlo tanto debes preguntar en tu Comunidad, que eslo que hace falta presentar en la tuya ó en aquellas donde tengas que prestar tus servicios.
Saludos cordiales. fgutierrez
El R.E. 842/2.006 y el R.D.de los Gases Fluorados en España, refiere a que las empresas que manipulan los refrigerantes han de estar "HABILITADAS" y que dentro de las empresas deben manipular los refrigerantes aquellas personas que estén cualificadas....
Da igual ,por tanto, que sean instaladores y/ó mantenedores de equipos de refrigeración que manipulen gases de Efecto invernadero como p.e. los que estás utilizando como R-404A.
El perosnal que tenga el antiguo carnet del Rite podrán optar sin mas a obtener el nuevo carnet hasta 3 Kg. y los que tengan el antiguo de instalador/conservador frigoristaautorizado podrán optar al nuevo carnet sin limitación de cantidades...
En todo caso el R.D. 795, contempla los cursos que hay que hacedr complementarios para obtener los nuevos carnet, partiendo de unos u otros títulos anteriores ó sin ninguno de ellos.
Para estar comoempresa "Habilitada", cada Comunidad ha elegido un Organismo que hace la recepción de las solicitudes y que se encargará de colocarlo en Internet y cada una de esas Cominidades que tienen trasferidas las potentades, podrán exigir lo que les parezca mejor,porlo tanto debes preguntar en tu Comunidad, que eslo que hace falta presentar en la tuya ó en aquellas donde tengas que prestar tus servicios.
Saludos cordiales. fgutierrez