Dudas relativas a la documentación proyectual y dirección facultativa
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#284846
Buenas,

Las consultas al respecto de la aplicacion del CTE has sido largamente discutidas y estudiadas, pero tengo un caso que no tengo ni idea si aplica o no el CTE.

El caso en concreto es una nave industrial existente de más de 50 años, ya sabeis, cubierta de fibrocemento y cerramiento de fabrica. La cuestion es que se va a cambiar la actividad de la nave pero sigue el uso industrial de la misma. No queremos tocar ni la cubierta, ni la estructura, ni los cerramiento y fachadas (en principio), ya que están bien aparentemente.

El CTE dice "El CTE será de aplicación, en los términos establecidosen la LOE y con las limitaciones que en el mismo se determinan, a las edificaciones públicas y privadas cuyos proyectos precisen disponer de la correspondiente licencia a autorización legalmente exigible"

Y si te vas a la LOE, se indica que tendrán la consideración de edificación a los efectos de lo dispuesto en esta Ley, y requerirán un proyecto según lo establecido en el artículo 4, las siguientes obras:

"Obras de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación que alteren la configuración arquitectónica de los edificios, entendiendo por tales las que tengan carácter de intervención total o las parciales que produzcan una variación esencial de la composición general exterior, la volumetría, o el conjunto del sistema estructural, o tengan por objeto cambiar los usos característicos del edificio"

En concreto, para esta nave, no tocamos ni la composición exterior, ni la volumetria, ni la estructura, ni el uso, que sigue siendo industrial, solamente vamos a instalar nuevos equipos y nuevas instalaciones industriales y admisnitrativas en el interior.

No se si me estoy rallando con esto, pero, ¿aplicaria en esta adecuación el CTE? La nueva actividad tendría todas las instalaciones industriales que os podais imaginar (nitrogeno, procesos quimicos, etc..)

Gracias y un saludo.
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#284855
Aplicarías CTE, SOLO a la parte que modificas... lo correspondiente a SI, a SU en lo que modificques...

Pasate por las instrucciones te las lees y te presentas en miscelánea.
:cool2
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#296349
Hola:

Yo estoy en una situación parecida. Y es la primera licencia de actividad que voy a realizar, ya que mi campo es el medio ambiental, pero está la cosa como para cerrarse a proyectos vínculados a clientes que tenemos.

Os pongo en precedentes:

1ºLa nave es de antes del plan general.
2ºLa actividad es la gestión de metales
3ºPagaba los impuestos de actividad, pero no tiene licencia de actividad, nos dimos cuenta, porque el cliente ha querido ampliar las líneas de gestión a otros residuos y nos pedían la licencia ambiental.
4ºEl ayuntamiento nos pide, además de la licencia ambiental ya presentada:
-Justificar según PGOU: si ya estaba construida antes que pasa?
-Justificar el CTE: si está antes de aprobar el CTE que hay que hacer?
-Justificar RD 2267/2004 de seguridad contra incendios.

Entonces queremos normalizar la situación de la actividad. Hasta dónde hay que justificar el CTE en una nave ya construida, que veo que es el mayor problema, ya que lo del PGOU lo califica como suelo industrial y sobre incendios será llevar a cabo los pasos del RD y dotar a la nave del equipamiento exigido.

Gracias por la ayuda.

Saludos
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#296356
Lo primero, tendrás que buscar todos los antecedentes que puedas... puesto que los vas a necesitar... tales como licencia de obra, legalización de instalaciones (electricidad, aire comprimido,...) ante Industria de tu CCAA, ...

La legalización de actividades que ya llevan años en funcionamiento, a pesar de no contar con licencia, son un galimatias importante, y muchas veces dependerá de la buena predisposición del técnico municipal de turno...

Empieza por comprobar aquellos aspectos de seguridad industrial... tales como instalación eléctrica, instalación contra incendios, etc... tanto papeles o documentación legal (legalización) como su estado y dotación. También los posibles vertidos o problemas medioambientales que puedan existir en la actividad.

Lo del CTE, concretamente en lo referente al SU (Seguridad de Utilización) es posible que te lo hagan cumplir, pero posiblemente tendrás menos problemas...

Empieza a investigar... y sigue contándonos... :cheers
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#296374
Hola:

Gracias por la aportación.

En principio no hay documentación de nada. Está claro que estos casos son un problema. La nave es muy vieja y no poseen ningún documento del proyecto, instalaciones, incendios, saneamiento,...

He estado leyendo sobre el CTE y sobre los Documentos básicos DB, y algunas cosas parece que nos eximen de ellas por las dimensiones de la nave (cerca de los 1000 m2). Creo que harán hincapié sobre incendios y cuestiones eléctricas.

El primer paso será hablar con el técnico del ayuntamiento y especifique que asuntos quiere, para ir a tiro hecho. Después me acercaré a la nave con un técnico eléctrico y que mire la instalación y otro sobre incendios a ver que me dicen según su experiencia. Sobre las dos cosas empezaré a mover el asunto y redactar. Tiene que además ser rápido. Tenemos 10 días para entregar la información.

La cuestión principal es tener que ajustarse sólo a lo que nos pidan para invertir lo necesario. Ya que no están los tiempos para ponerlo bonito, sino lo necesario.

Ya os voy contando. Porque los casos de actividades alegales debe ser muy extendido. Pagando impuesto de actividades, sin tener licencia de actividad ni de apertura.

Saludos
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#298475
Buenos días a todos,

Raulhuerta, que tal te ha ido, ya se han pasado esos 10 días, cuéntanos para que podamos aprender de tu caso.

Un saludo,

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