Maxímetro y Protecciones en cuadro para Vivienda c/ ascensor (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
por
#274647
Hola:

Me han encargado la instalación eléctrica de una pequeña vivienda unifamiliar, con ascensor, con una potencia a contratar de 13.85 KW en trifásico, así que mi idea inicial era contratar un ICP de 25 A., por carga de motores, y un IGA de 32 A.

El caso es que el otro día oí a un instalador diciendo que si hay ascensor siempre tiene que ir al menos ese suministro con maxímetro, y yo lo que tenía entendido es que la colocacíon de maxímetro es una recomendación, para evitar que una bajada del ICP pueda bloquear el ascensor, pero no veo que haga falta por normativa.

Alguien me puede aclarar ésto?. Y en el caso de colocar maxímetro, puedo seguir manteniendo el IGA de 32 A?.

Gracias
por
#290870
Actualmente el control por ICP es solo preceptivo para la contratación de potencia <= 15 kW.

Por encima de esa potencia el control de potencia se realizará mediante maxímetro (lo más común) o interruptor automático regulable.

Por otro lado el valor del IGA viene determinado por el dimensionado necesario en la instalación y asu vez determinará la potencia máxima admisible de la misma y por tanto la máxima que se puede contratar.

En cualquier caso el IGA es independiente del elemento ICP o maxímetro.

En cuanto a lo comentado para el tema de los ascensores se produce cunado la potencia a contratar es inferior a 15 kW y por tanto correspondería la instalación de ICP no obstante por riesgo en la continuidad del suministro por disparo de ICP se permite el control por maxímetro.

Existe un informe de la CNE al respecto así como en el RD1454/2005 se menciona el uso del maxímetro para potencias de < 15 kW cuando se trate de suministros que no pueden ser interrumpidos.

Como es habitual la interpretación de este criterio (el uso de maxímetro en lugar de ICP) es distinta en función de la Cía.

Por otra parte con el Plan nacional de sutitución de contadores actualmente en curso desaparecería la obligación de instalación de ICP al estar incorporada dicha función el el nuevo contador inteligente.
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por
#290878
ingepas escribió:El caso es que el otro día oí a un instalador
Fuente de sabiduría, donde la haya... :mira


Alguien me puede aclarar ésto?.
No es obligado.

RD1955/2000/TituloVI/Articulo92


Y en el caso de colocar maxímetro, puedo seguir manteniendo el IGA de 32 A?.
Si, claro.. el IGA siempre.. lo que se elimina es el ICP

por
#290892
Ya estás contestado, y bien.

Pero cuidado, cuidado, contratar 13,85 kW supone un ICP de 20 A, no de 25 A.

De manera que cuando carges una fase con más de 20 A, adíos, adios.

Fijaté la tontería, tienes contratados 13,85 kW, pero no puedes conectar una carga monofásica de 5 kW.

De manera que los 25 A monofásicos, 5.750 W de una vivienda con grado electrificación básica NO los vas a tener.
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por
#290917
Complementando lo que dice Emilio, y a colación de este tema.. recordar, que:
ITC BT 10
Contenido
6. SUMINISTROS MONOFÁSICOS
Las empresas distribuidoras estarán obligadas, siempre que lo solicite el cliente, a efectuar el
suministro de forma que permita el funcionamiento de cualquier receptor monofásico de
potencia menor o igual a 5750 W a 230 V, hasta un suministro de potencia máxima de 14 490
W a 230V
Así qeu en referencia a los datos qeu NO das,
Contenido
Me han encargado la instalación eléctrica de una pequeña vivienda unifamiliar, con ascensor, con una potencia a contratar de 13.85 KW en trifásico, así que mi idea inicial era contratar un ICP de 25 A., por carga de motores, y un IGA de 32 A.

Para 13,85Kb no te ponen un ICP de 25, sino de 20 .. :wink y con eso, según te indica Emilio, no puedes utilizar receptores mayores de 4600 .. y eso como mucho.. no tendrán Fi = 1..

Así que te diría dos opciones..
a) O el ascensor es mono, o puede serlo, en cuyo caso contrato mono, con un ICP de 63A ;
b) El Ascensor es tri .. en tal caso, contrato con Maxímetro, pones un IGA de 25 o 32, no te ves limitado en cortes por Imax.. Pero OJO en eso a lo contratado y a lo consumido..

Saludos.
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