Barreras arquitectónicas: Espacio libre horizontal 1,2 m (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Obras, reformas, métodos de construcción, etc.
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#165390
Según el Reglamento de Andalucía, referente a los huecos de paso: "A ambos lados de las puertas existirá un espacio libre horizontal de 1,20 m de profundidad, no barrido por las hojas de la puerta".

Alguien puede explicarme qué significa ésto. He visto otras opiniones en el foro pero no me aclaro. Creo que como no sea con un ejemplo gráfico nunca me voy a enterar.

Saludos.
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#165392
Desconozco vuestra reglamentación autonómica, pero me temo que se refiere a una meseta plana de 1,20x1,20, antes y despues de las puertas y sin ocupar el barrido de estas.
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#165398
MAZINGER escribió:Desconozco vuestra reglamentación autonómica, pero me temo que se refiere a una meseta plana de 1,20x1,20, antes y despues de las puertas y sin ocupar el barrido de estas.


Aqui es un circulo de 1.20 de diametro si es practicable y de 1.50 si es adaptado, pero solo es delante de los ascensore y de las puertas de acceso desde el exterior.
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#165413
raveri escribió:
MAZINGER escribió:Desconozco vuestra reglamentación autonómica, pero me temo que se refiere a una meseta plana de 1,20x1,20, antes y despues de las puertas y sin ocupar el barrido de estas.


Aqui es un circulo de 1.20 de diametro si es practicable y de 1.50 si es adaptado, pero solo es delante de los ascensore y de las puertas de acceso desde el exterior.


Vale RAv. Un círculo de 1,20 de diámetro inscrito en una meseta de 120*120 :espabilao
Lo lógico es que sea antes y despues de la puerta.
La norma aquí también dice solo antes de entrar.
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#165426
Es que estos gallegos son unos desconsiderados. :gato :partiendo
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#165428
MAZINGER escribió:
raveri escribió:
MAZINGER escribió:Desconozco vuestra reglamentación autonómica, pero me temo que se refiere a una meseta plana de 1,20x1,20, antes y despues de las puertas y sin ocupar el barrido de estas.


Aqui es un circulo de 1.20 de diametro si es practicable y de 1.50 si es adaptado, pero solo es delante de los ascensore y de las puertas de acceso desde el exterior.


Vale RAv. Un círculo de 1,20 de diámetro inscrito en una meseta de 120*120 :espabilao
Lo lógico es que sea antes y despues de la puerta.
La norma aquí también dice solo antes de entrar.


No, no me explico, en las puertas de acceso antes y despues de la puerta, en el ascensor solo fuera, pero al ascensor se le exigen unas medidas determinadas.
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#170200
Me temo que sí, pero por si acaso...
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#170205
UO10481 escribió:Me temo que sí, pero por si acaso...


Eso en mi zona no cumple.
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#170276
MAZINGER escribió:
UO10481 escribió:Me temo que sí, pero por si acaso...


Eso en mi zona no cumple.


Ya, yo soy de Asturias, esto era un proyecto en Galicia... Al margen de las particularidades de cada zona y de cada normativa autonómica y municipal, pretendía poner un detalle gráfico de lo que preguntaba Aguilar para que tuviese una orientación, nomás.

Salud.
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#170298
Se entiende que ese espacio es necesario para que esa persona con movilidad reducida pueda abrir y cerrar la puerta sin problemas. De esta manera evitamos lo típico de rampa y directamente la puerta. Lo correcto es rampa y 1.20 o 1.50 (según sea practicable o adaptado aquí en Catalunya) de diámetro libre, para poder moverse y abrir con tranquilidad.

Estas cosas se ven muy claras cuando ves a alguién intentado acceder a un local, que tiene la rampa y acto seguido la puerta. Frena tu la silla con una mano mientras abres la puerta. Es de locos :cabezazo

Entiendo que los tiros van por ahí.

:saludo
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#291052
Ha pasado tiempo de este tema... pero lo refloto porque ahora esta condición está recogida también en el CTE DB-SUA.

Y es que, según mi interpretación, y lo hablado en este hilo... la solución que planteo a continuación NO sería válida, ¿verdad? :pausa

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#291065
fsi escribió:No, no sería válida. Aplicando el CTE DB-SUA el diámetro de circunferencia es de 1.50 m


Yo me refiero a que no existe ese espacio horizontal de 1,20 metros en el lado izquierdo de la puerta (según se ve en la imagen).

Si tomamos el CTE DB-SUA al pie de la letra, para resolver esta papeleta tendríamos que llevar la puerta 1,20 metros hacia la derecha de la rampa, y que la apertura fuera hacia el interior del local... suponiendo que siguiera existiendo el diámetro de 1,20 metros en ese lado...
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#291066
Carlos_Asturies escribió:Yo me refiero a que no existe ese espacio horizontal de 1,20 metros en el lado izquierdo de la puerta (según se ve en la imagen).

Lo sé, por eso digo que no es válido.
Carlos_Asturies escribió:Si tomamos el CTE DB-SUA al pie de la letra, para resolver esta papeleta tendríamos que llevar la puerta 1,20 metros hacia la derecha de la rampa, y que la apertura fuera hacia el interior del local... suponiendo que siguiera existiendo el diámetro de 1,20 metros en ese lado...

No solo eso sino que además también tendrías que ensanchar la rampa para que llegue a la medida que corresponda. Como ya he comentado en el SUA se habla de 1.50 m de diámetro.
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