Ahora ya si que me quedo loco...
...leo en el apartado 4.2.4 b de la UNE 23585:2004, que cuando se realiza el SCTEH para el proposito de proteccion de las propiedades (que entiendo que es el caso ya que es un almacen con apenas transito de 2 o 3 peronas maximo), se realice segun el pto. 7.1.2, el cual te viene a decir, que si son rociadores de respuesta lenta (no rapida, que la verdad no tengo ni idea de si son o no) o se prevee que que el tiempo de respuesta de intervencion de los bomberos es largo (la nave esta perdida de la mano del señor...) solo se podran actuar manualmente por ellos desde un lugar seguro bla bla..y nunca automaticamente... osea...que ahora pienso que lo tengo mal pero al contrario, porque lleva la ampolla termica y no deberia..? me vuelvo loco la verdad...y encima, en este caso, el cliente no queria habrir huecos para que entrara el aire por el tema de los robos, asi que le di la posibilidad de que si salta la alarma de incendios las puertas motorizadas de la nave se habrieran a una cierta altura automaticamente para que entrara el aire y funcionara bien el sistema...(eso fue idea feliz mia en su dia, ahora pienso que es una chapuza, puesto que las puertas puede ser que se habran, entrara el aire, pero quiza todavia no haya saltado el fusible de los exutorios...)




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