Limitación de demanda energética, instalaciones térmicas, eficiencia energética, instalaciones de iluminación, contribución fototérmica, contribución fotovoltaica
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#281400
Hola buenas noche a todos,

Estoy liado redactando la licencia de actividad para la apertura de un local restaurante. El problema se nos esta presentando con el equipo de climatización que queremos instalar.
En Madrid existe una ordenanza llamada "ordenanza General de Protección del Medio Ambiente Urbano" que es su Art. 32 regula la posición de las rejillas en relación a los huecos de ventanas colindantes y peatones mediante el caudal que expulsa la maquina. Dice así:

32.1.- La evacuación forzada del aire caliente o enrarecido producto del acondicionamiento de locales o viviendas se realizará de forma que, cuando el volumen de aire evacuado sea inferior a 0,2 metros cúbicos por segundo, la distancia medida entre el punto más próximo de la unidad externa, rejilla de expulsión o condensador de un equipo de climatización, con flujo perpendicular al plano de fachada será, como mínimo de 1,8 m, hasta el punto más próximo de cualquier hueco de ventana situada al mismo o superior nivel en plano vertical, sea o no este plano el del mismo paramento, excepto que esos paramentos sean fachadas distintas (pertenezcan o no al mismo edificio) y formen un ángulo convexo mayor de 180º. También se considerará exceptuado el caso en que las ventanas se encuentren en fachadas paralelas a la rejilla o punto de extracción y el flujo del aire vaya en sentido opuesto a aquéllas.

En el caso de que un caudal de aire inferior a 0,2 m3/seg se evacue a la vía pública procedente de un sistema de acondicionamiento o ventilación forzada, el punto de evacuación se hallará como mínimo a 2 m. por encima de la superficie de la vía pública. Todo ello sin perjuicio de la aplicación del artículo 53 en el caso de actividades que originen olores.

En el supuesto de que entre el punto de evacuación del aire viciado y la ventana más próxima se interponga un obstáculo de al menos 2 metros de longitud, y, de 80 cm. de vuelo, las mediciones se realizarán mediante la suma de los segmentos que formen el recorrido más corto de los posibles entre punto evacuación - borde del obstáculo - ventana afectada.

32.2.- Si este volumen está comprendido entre 0,2 y 1 m3/seg, la distancia medida entre el punto más próximo de la unidad externa, rejilla de expulsión o condensador de un equipo de climatización, con flujo perpendicular al plano de fachada será, como mínimo de 2,5 metros hasta el punto más próximo de cualquier ventana situada en su mismo paramento a nivel superior, y, 2 metros si se halla al mismo nivel. Asimismo, la susodicha distancia será de 3,5 metros con respecto a cualquier ventana situada en distinto paramento, excepto cuando se trate de fachadas distintas (pertenezcan o no al mismo edificio) que formen un ángulo de más de 180º . También se considerará exceptuado el caso en que las ventanas se encuentren en fachadas paralelas a la rejilla o punto de extracción y el flujo del aire vaya en sentido opuesto a aquéllas. Si la salida se hallase situada en fachadas exteriores, la altura mínima sobre la acera será de 2,5 metros y estará provista de una rejilla de 45º de inclinación que oriente el aire hacia arriba.

Las medidas se realizarán siempre entre los dos puntos más próximos.

En el supuesto de que entre el punto de salida del aire viciado y la ventana más próxima se interponga un obstáculo de al menos 2 metros de longitud, y, de 80 cm. de vuelo, las mediciones se realizarán mediante la suma de los segmentos que formen el recorrido más corto de los posibles entre punto evacuación - borde del obstáculo - ventana afectada.



En el caso particular que nos ocpua la máquina tiene un caudal de expulsión superior a 0,2 m3/seg e inferior a 1 m3/seg, por lo que tenemos que montar la rejilla de expulsión a una distancia de 2,5m de la ventana más cercana, cosa que no se cumple porque esta a menos de 2 m...

La pregunta es, ¿hay alguna maquina que tenga menor caudal de expulsión, o bien como poder justificar esto?

Gracias por leer el ladrillo, y espero que me ayudeís en este caso!!

Gracias,

Saludos.
por
#298540
El famoso articulo 32.... Que maquina es? Unidad exterior tipica? Como es tu edificio? Donde puedes colocarla?

Imagino que ese caudal sera la suma de la unidad exterior y de la unidad de recuperacion no?
Hace poco (un mes) realice un local en el centro de madrid, fachada protegida, etc. Al final para la renovacion meti un recuperador entapico orientado a la fachada con caudal bajo bajo bajo, y para climatizar, por medio de radios de distancias de 2 metros, encontre un sitio en el patio para ubicar la unidad exterior, penalizando una ventana de un baño... Lo que te quiero decir, es que fijo que hay un sitio donde puedas colocarlo.

Tambien existen equipos partidos que te pueden dar algo mas de juego para estos locales.
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