¿pantallas estancas en taller de reparación de neumáticos? (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#302789
Hola buenos días,

les escribo porque aunque tenía claro un asunto ahora un instalador me hace dudar. Mi cuestión es la siguiente, tengo una nave antigua de unos 30 años en la que se pretende implantar una nueva actividad de taller de reparación de neumáticos. La instalación cumple con el RBT del 72. Mis discusiones son las siguientes con el instalador: por una parte las pantallas fluorescentes no están estancas y según la ITC-29 yo entiendo que han de serlo a lo que el instalador me dice que no delante de mi cliente por lo que me está poniendo entre la espada y la pared ya que el cliente cuanto menos se gaste mejor. Por otra parte bajo mi punto de vista se deberia cambiar la acometida dado que no es libre de halógeno y casi todo el cuadro porque no cumple con el nuevo reglamento a lo que el instalador me contesta que si no va a haber un aumento de potencia no es necesario, según el con aumentar el numero de emergencias y las tomas de fuerza que se vayan a usar(dado que las existentes son tan antiguas que el macho no entraria) es suficiente.

Por otra parte la actividad anterior era de un vivero y también tengo la duda de si para esta nueva actividad habría que hacer un nuevo boletín o no.

Muchas gracias de antemano,recibir un afectuoso saludo y espero que todo os vaya lo mejor posible en estos tiempos dificiles.
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#302825
Si existe cambio de uso, debes adaptarte a la nueva normativa.

Y al instalador lo coges a solas y :ko
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#302840
Yo creo que si se justifica la desclasificacion del local como local de riesgo incendio y explosion mediante el uso de la UNE 60079-10 con su correspondiente sistema de ventilacion, las pantallas no tienen porque ser estancas.
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#302841
no obstante se me ha olvidado comentar que estoy deacuerdo en que si hay cambio de uso debe cumplir RD842/2002.
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#302869
Cambio de actividad, te toca hacer proyecto y certificado al compañero de profesión, encima que le pones mas trabajo protestara, hay que ser tonto y bocas, os quejáis pero con instaladores como estos me :cabezazo que trabajo cuesta leer o preguntar :cabezazo :cabezazo .
Habría que ver en condiciones esta la instalación, mirarlo todo bien y ver que se puede aprovechar, pero por experiencia en ese tipo de fregaos poco……
Esas pantallas no sirven si son las que yo pienso son IP20 :nono .
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#324639
Buenos días,

en efecto al ser cambio de actividad habría que cambiar toda la instalación interior. Resulta que el tal instalador era su cuñado e intentaban hacer colar el proyecto sin hacer el cambio. Al final me salí de ese trabajo y me enteré que lo hizo otro ingeniero adaptado a la nueva normativa pero no se ha cambiado nada. No sé que habrá pasado con la dirección de obra, estoy investigando y a la espera de la inspección de industria.

Saludos.
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