Dudas relativas a la documentación proyectual y dirección facultativa
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#308277
Buenos días,

voy a empezar a meterme con la dirección de proyectos y tengo que preparar una oferta para un proyecto. El cliente quiere que coticemos la dirección facultativa y la dirección de obra. Entiendo que la dirección facultativa es la realizada por el director de proyecto durante todo el proyecto (trabajo oficina, visitas obra, contacto con el cliente, etc...) y la dirección de obra es propiamente el control in situ de la ejecución de la obra por un jefe de obra. ¿Es así??

Muchas gracias y un saludo,

Guillermo
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#308278
Según recuerdo en la asignatura de Oficina técnica nos comentaron que la dirección de obra es como bien dices el control in situ, mientras que la dirección facultativa la llevan tanto el redactor como el director de obra y el de seguridad y salud, que puede ser la misma persona o no. Creo que es así pero si alguien lo confirma mejor y así estamos todos más seguros. Saludos

PD: Preséntate y lee las instrucciones.
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#308291
La Dirección Facultativa de la Obra la forman:
- El Director de Obra (según Artículo 12 de la LOE - Ley 38/1999).
- El Director de Ejecución (según Artículo 13 de la LOE - Ley 38/1999).

Según lo que específica la propia LOE, en determinados Proyectos (en función del uso final del edificio), el Director de Obra y el Director de Ejecución podrían ser la misma persona (Proyecto de una Nave Industrial por ejemplo).

El redactor del Proyecto no tiene porque pertenecer a la Dirección Facultativa.

Un saludo

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