Aclaración potencia instalada, potencia maxima... (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#312031
Buenas tardes, espero podaís ayudarme con algo que seguro os parecerá una chorrada pero para un estudiante como yo todavía no está claro.

Estamos empezando a hacer proyectitos y tengo una duda con lo de las previsiones de potencia. Un par de preguntitas:
1- ¿Qué es exactamente la potencia instalada, potencia máxima admisible y potencia a contratar? Os explico, tengo a mi disposición todas las potencias de los receptores que se van a instalar, entiendo que la suma de todo eso más los coeficientes (ahora os preguntaré otra cosa) es la potencia instalada ¿no?. ¿De donde se saca la potencia maxima admisible?, y la potencia a contratar supongo que será la que yo recomiende siempre que alimente la potencia instalada ¿no?.

2- Para el cálculo de alumbrado sé que tengo que aplicar un coeficiente de 1,8 para lámparas de descarga y fluorescentes pero ¿qué tipo de alumbrado está englobado dentro del apartado "lámparas de descarga"? ¿el alumbrado de emergencia debe ser multiplicado por ese coeficiente tambien?.

3- ¿Cómo se usa correctamente el coeficiente para motores (creo que es 1,25)? Tengo varias máquinas a las que yo considero como "motores puros" que son una batidora industrial, una mezcladora y una laminadora de masa ¿multiplico los tres por ese 1,25?. ¿Qué pasa con los congeladores, cámaras frigorificas y ese tipo de cosas, también se multiplican por 1,25 o sólo tengo en cuenta su potencia sin más?

4-El proyecto es sobre una nave y tiene un único usuario ¿qué se le pone CPM o CGP?

Espero haberme explicado bien y espero que vosotros me podáis ayudar, al fin y al cabo muchos ya estais en la calle y sabéis como funciona de verdad esto. No hace falta decir que de los estudios se sale más pegado que un sello :smile .

Muchas gracias de antemano.
por
#312033
Estudianteconganas escribió:Buenas tardes, espero podaís ayudarme con algo que seguro os parecerá una chorrada pero para un estudiante como yo todavía no está claro.

Estamos empezando a hacer proyectitos y tengo una duda con lo de las previsiones de potencia. Un par de preguntitas:
1- ¿Qué es exactamente la potencia instalada, potencia máxima admisible y potencia a contratar? Os explico, tengo a mi disposición todas las potencias de los receptores que se van a instalar, entiendo que la suma de todo eso más los coeficientes (ahora os preguntaré otra cosa) es la potencia instalada ¿no?. ¿De donde se saca la potencia maxima admisible?, y la potencia a contratar supongo que será la que yo recomiende siempre que alimente la potencia instalada ¿no?.

La potencia admisible de la instalación puede ser menor en algunos casos que la potencia instalada. todo depende del coeficiente simultaneidad que elijas. La potencia instalada la entiendo como la suma de las nominales de todos los receptores., y la máxima admisible la que te admite la instalación a plena carga (mira a ver con cuanta potencia saltaria el MT, sabiendo que siempre sera a la Iadm del conductor). si comprobaria una vez seleccionada la sección que Icalc/iadm es < del 85%, es un pequeño margen de fiabilidad. si no cumple, sube sección

2- Para el cálculo de alumbrado sé que tengo que aplicar un coeficiente de 1,8 para lámparas de descarga y fluorescentes pero ¿qué tipo de alumbrado está englobado dentro del apartado "lámparas de descarga"? ¿el alumbrado de emergencia debe ser multiplicado por ese coeficiente tambien?.

Pues por ejemplo las VSAP, downlights, y no se si tb las de VMCC

3- ¿Cómo se usa correctamente el coeficiente para motores (creo que es 1,25)? Tengo varias máquinas a las que yo considero como "motores puros" que son una batidora industrial, una mezcladora y una laminadora de masa ¿multiplico los tres por ese 1,25?. ¿Qué pasa con los congeladores, cámaras frigorificas y ese tipo de cosas, también se multiplican por 1,25 o sólo tengo en cuenta su potencia sin más?

los primeros si se multiplican por 1,25. los congeladores y demás yo no los considero como motores puros, por lo que no los multiplico x el 1,25
4-El proyecto es sobre una nave y tiene un único usuario ¿qué se le pone CPM o CGP?

Aquí no te puedo ayudar. En el último que hice de una tintorería pusimos CGP

Espero haberme explicado bien y espero que vosotros me podáis ayudar, al fin y al cabo muchos ya estais en la calle y sabéis como funciona de verdad esto. No hace falta decir que de los estudios se sale más pegado que un sello :smile .

Muchas gracias de antemano.


espero haberte ayudado. Si algún eléctrico (yo soy mecánico) pasa por aqui te aclarará algunas cosas más.
por
#312053
Hola,mi opinión al respecto es la siguiente:
-Potencia instalada: es la de los receptores concocidos sin simultaneidad alguna, añadiendo potencia por circuitos en tomas de corriente.
-Potencia máxima admisible, se refiere a la capacidad de la instalación, que debería ser mayor que la instalada, sobre todo si estas haciendo el proyecto de un comercio o industria, en base a las intensidades nominales del aparellaje o conductores.
-Potencia a contratar, es la recomendada al cliente en función una simultaneidad estimada.
-En general : P(a contratar)<P(instalada)<P(admisible).
-Lamparas descarga: todas las que necesitan reactancia o balasto electrónico, incluye compactas y led a mi entender, es decir todas menos las incandescentes.
-Alumbrado emergencia, es una potencia reducida, y aunque sea alumbrado de descarga, lo que realmente se conecta a la red es el cargador de la bateria que van ambos en el equipo, por lo que hay que ver su potencia nominal en placa, y como el cargador puede tener reactancia ( si lleva trafo) o armónicos (si lleva convertidor electrónico), en ambos casos multiplicar por el coeficiente mayoración.
-Todos los receptores que llevan motores, como los que indicas, se multiplican por su coeficiente mayoración. Serán casi todo tipo de maquinaría incluso frigorificos, excepto hornos, calefacción (no bomba calor) etc.
-Si la nave es un local independiente, que no pertenece a un edificio común, la medida se instlará fuera, al igual que la CGP, y pueden ubicarse en el mismo conjunto CPM. Ver la normativa al respecto de la compañia electrica de la zona.

Suerte.
por
#312070
Yohana82 escribió:Hola,mi opinión al respecto es la siguiente:
-Potencia instalada: es la de los receptores concocidos sin simultaneidad alguna, añadiendo potencia por circuitos en tomas de corriente.
-Potencia máxima admisible, se refiere a la capacidad de la instalación, que debería ser mayor que la instalada, sobre todo si estas haciendo el proyecto de un comercio o industria, en base a las intensidades nominales del aparellaje o conductores.
-Potencia a contratar, es la recomendada al cliente en función una simultaneidad estimada.
-En general : P(a contratar)<P(instalada)<P(admisible).

PRECISAMENTE, PARA LA POTENCIA INSTALADA SÍ HABRÁ QUE CONSIDERAR LAS SIMULTANEIDADES QUE PROCEDAN CONFORME A LA ITC-BT 10. LA POTENCIA MÁXIMA ADMISIBLE, EN TODO CASO DEBE DE CORRESPONDERSE CON LA QUE NOS INDIQUE EL IGA.
ESTOY DE ACUERDO CON TODO LO DEMÁS QUE HAS INDICADO.
LO HAS ACLARADO MUY BIEN: P(contratada) < P(instalada) < P(maxima admisible)



-Lamparas descarga: todas las que necesitan reactancia o balasto electrónico, incluye compactas y led a mi entender, es decir todas menos las incandescentes.
-Alumbrado emergencia, es una potencia reducida, y aunque sea alumbrado de descarga, lo que realmente se conecta a la red es el cargador de la bateria que van ambos en el equipo, por lo que hay que ver su potencia nominal en placa, y como el cargador puede tener reactancia ( si lleva trafo) o armónicos (si lleva convertidor electrónico), en ambos casos multiplicar por el coeficiente mayoración.
-Todos los receptores que llevan motores, como los que indicas, se multiplican por su coeficiente mayoración. Serán casi todo tipo de maquinaría incluso frigorificos, excepto hornos, calefacción (no bomba calor) etc.
-Si la nave es un local independiente, que no pertenece a un edificio común, la medida se instlará fuera, al igual que la CGP, y pueden ubicarse en el mismo conjunto CPM. Ver la normativa al respecto de la compañia electrica de la zona.

Suerte.
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#312071
Momo123abc escribió:
Yohana82 escribió:LO HAS ACLARADO MUY BIEN: P(contratada) < P(instalada) < P(maxima admisible)[/b]
No estoy muy de acuerdo. :nono2

Si en las denominaciones;
INSTALADA = Suma receptores, con FACTOR 1 , sin considera Mayoraciones, de 1,8 ó 1,25 para motores..
MÁXIMA ADMISIBLE = La del IGA ;
CONTRATADA = la que contrates...

Pero discrepo de la igualdad..

en Asturias, NO se permite Admisible > Instalada.. como mucho, factor simultaneidad 1 , y las tomas de enchufe, NO se cuentan como reserva.. a razón de 16A por toma.. Como mucho, la resultante de Instalada, por factores de mayoración (1,8 y 1,25) así que :

CONTRATADA <= MAXIMA ADMISIBLE <= INSTALADA. (siendo esta ultima, la suma de receptores, y eso si.. mayorados los que procedan..)

Un saludo.. y unas :cheers de mi cuenta, por llevar la contraria..
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#312075
Yohana82 escribió:-Potencia máxima admisible, se refiere a la capacidad de la instalación, que debería ser mayor que la instalada, sobre todo si estas haciendo el proyecto de un comercio o industria, en base a las intensidades nominales del aparellaje o conductores.

Si haces eso en según que industrias te pueden salir unas secciones que asociación de fabricantes de cable te hará un monumento ;) :p

La admisible ha de tener en cuenta los factrores de uso y simultaneidad, sean genéricos o en base a los datos de uso real de la instalación.
por
#312111
Muchas gracias a todos por la ayuda.
Creo que estoy con Yohanna82:

La potencia instalada es la que es y no hay más vuelta de hoja creo.
La potencia máxima admisible es la que soportaría la instalación si hubiera futuras ampliaciones, de hecho, creo que toda instalación admite algo más de lo instalado independientemente de lo que contratemos después. Además de eso, por normativa, debe ser así. Mi caso en particular es una pequeña nave de 500 m2 que debe tener unos 40 Kw instalados reales, pero por normativa debo preveer (que por eso se llama previsión de potencia) una potencia de 125 w/m2, lo que me da 62,5 Kw. Es en base a esos 62,5 Kw que debo calcular la acometida, vamos creo yo, si me equivoco me correjis.
La potencia a contratar entiendo, como bien dice Yohanna82, que es una recomendación del instalador (o sea mía), sabiendo lo que está instalado y dándole un poco más de margen para que no se venga abajo la instalación. Ya sabemos que siempre, al final, hay algo más que enchufar por ahí o le da al dueño por comprarse una maquina nueva o vete tu a saber jejej.

Así que creo que debe ser potencia instalada debe ser menor que la potencia a contratar (por el margen de seguridad que le damos) y esta, a su vez debería ser menor que la potencia admisible puesto que no le vamos a hacer pagar al dueño por una burrada cuando usa mucho menos, y en el caso de que ampliara supuestamente la instalación lo aguantaría (hasta un límite) y no habría que tocar absolutamente nada. Creo que esto que dice Yohanna es lo más coherente.

Con respecto al alumbrado pues me queda más claro, multiplicaré por 1,8 todo, incluyendo las emergencias (aunque no estoy del todo seguro con hacerlo, las emergencia son muy poca potencia no creo que haga falta).

Los motores, todos por 1,25 incluyendo congeladores, neveras etc... ¿verdad? aclaradme este punto por favor.

Muchas gracias a todos por la ayuda.
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#312114
Estudianteconganas escribió:La potencia máxima admisible es la que soportaría la instalación si hubiera futuras ampliaciones, de hecho, creo que toda instalación admite algo más de lo instalado independientemente de lo que contratemos después. Además de eso, por normativa, debe ser así. Mi caso en particular es una pequeña nave de 500 m2 que debe tener unos 40 Kw instalados reales, pero por normativa debo preveer (que por eso se llama previsión de potencia) una potencia de 125 w/m2, lo que me da 62,5 Kw. Es en base a esos 62,5 Kw que debo calcular la acometida, vamos creo yo, si me equivoco me correjis.


Los W/m2 que da el REBT son una estimación para líneas de distribución, preveer acometidas de edificios de vivienda o naves sin uso declarado. Si conoces los receptores de la instalación y su simultaneidad puedes usar el valor que quieras que sea adecuado para la instalación. Es recomendable que la acometida soporte ampliaciones y tener margen por si mañana se necesita más potencia. Pero eso es solo una recomendación...

Y, repito, mucho ojito con la potencia instalada que en una industria nunca funciona todo a la vez y a su máxima potencia y si no aplicas coeficientes te pueden salir potencias muy altas...
por
#312131
Yo lo decía por que en el REBT dice literalmente:

Carga total correspondiente a edificios destinados a una o varias industrias:

- En general, la demanda de potencia determinará la carga a prever en estos casos, QUE NO PODRÁ NUNCA SER INFERIOR A ESTOS VALORES:
* Se calculará considerando un mínimo de 125w por metro cuadrado y planta con un mínimo por local de 10350 W a 230V y coeficiente de simultaneidad 1.
* La carga total prevista en los capítulos 2,3 y 4 será la que hay que considerar en el cálculo de los conductores de las acometidas y en el cálculo de las instalaciones
enlace.

Es cierto que sé la potencia de los receptores, pero es que esto que puse más arriba lo saqué de la ITC 10 (previsión de cargas para suministros en baja tensión).
Como ejemplo se me ocurre el siguiente, yo puedo saber exactamente los receptores de una vivienda, que podrían perfectamente sumar 3,5Kw, sin embargo, me obligan a poner mínimo 5,75Kw por normativa y 9,2Kw simplemente por tener una casa de mas de 160m2. Concretamente conozco alguien que tiene una de casi 400 m2 y su casa funciona con un contrato antiguo de 3,5, eso sí, cuando de de alta la nueva instalación le van a obligar a pagar los 9,2 kw, de momento funciona "de estrangis".

De ahí mi duda, cierto que se la potencia instalada, pero creo que la normativa me obliga a contratar otra si no me equivoco.

Saludos.
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#312134
Estudianteconganas escribió:Como ejemplo se me ocurre el siguiente, yo puedo saber exactamente los receptores de una vivienda, que podrían perfectamente sumar 3,5Kw, sin embargo, me obligan a poner mínimo 5,75Kw por normativa y 9,2Kw simplemente por tener una casa de mas de 160m2. Concretamente conozco alguien que tiene una de casi 400 m2 y su casa funciona con un contrato antiguo de 3,5, eso sí, cuando de de alta la nueva instalación le van a obligar a pagar los 9,2 kw, de momento funciona "de estrangis".

De ahí mi duda, cierto que se la potencia instalada, pero creo que la normativa me obliga a contratar otra si no me equivoco.

Saludos.
Es como dide Goran. Las viviendas, SON un caso particular, y tratadas de forma independiente. Se pretende "proteger" al, cliente de los desaprensivos..

En el caso general, se debe instalar, para la potencia conocida.. si es que se conoce.. y si no, con la previsión de actividad que pudiera haber..
Peor como te digo, en genral esto se debe considera para las cometidas y lineas de servicio.. la Inst interior, se pone con los receptores que realmente tengas..
por
#312140
A ver si me aclaro:

¿Para el cálculo de la acometida y la derivación individual tengo que preveer esos 125 w/m2? digo para calcular su sección cumpliendo con el REBT, otra cosa es lo que vaya a contratar con la compañía después.

Os pregunto por la siguiente razón, tengo un proyecto del año pasado en mis manos en el que, para calcular acometida tuvieron en cuenta esos 125 w/m2 , pero para la derivación individual tuvieron en cuenta sólo la potencia instalada (bueno un pelín más).

Por lo que veo cada uno lo aplica según cómo lo ve, yo simplemente quisiera hacerlo como se debería hacer de verdad ejejejejejje.

Gracias por la ayuda, espero no ponerme pesado.
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