Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#208887
Hola compañeros.

Tenemos un pararrayos en una nave industrial, el cual tenmos que revisar.

Algunas dudas: (algunas no , muchas)

-en principio, que legislación le es de aplicación? el CTE?
-para la revisión: - cada cuantos años hay que hacerla
- no se si tiene que ser empresa especilizada
- puede ser cualquier instalador oficial?
- supongo que habrá que medir la tierra ; alguien sabe el procedimiento para hacer la revisión?

Un saludo. Gracias.
por
#208923
Hola.

Yo nunca he tenido que revisar ninguno, pero si lo tuviera que hacer:

Mediría el valor de puesta a tierra con telurómetro o medidor multifunción.
Comprobaría que hay continuidad por el cable que sube hasta el pararrayos, no sé si tienes contador de descargas, revisaría uniones y canalización de protección, etc.
y me pondría en contacto con el fabricante del pararrayos, pues no sé si necesite mantenimiento la punta.

Te lo puede revisar cualquier instalador autorizado.

Saludos
por
#209381
Para revisar un pararrayos hay que tener en cuenta muchos aspectos, en efecto, hay que aplicar el CTE, pero tambien la Une 21186, y las que están actualmente entrand en vigor. Normas UNE EN.

Hay que verificar elementos en el tejado, verificar distancias de seguridad en el recorrido de la bajane, que esta no sea un cable enfundado, observar posibles cruces eléctricos o de tuberisa de agua o gas, etc.

Medir la resistencia a tierra, mediante un telurometro, tanto todo conectado, como sólo las picas, independientes del resto de la instalación.

No es sencillo, para medir una puesta a tierra todo el mundo es válido, pero para certificar que una instalación de pararrayos esta en perfecto estado de funcionamiento, hay que disponer de unos estudios tanto teoricos como practicos, lo mejor es dejarlo en empresas especializadas en ello. Así, si sucede algo, siempre nos podemos lavar las manos. No serviria aducir nuestra falta de conocimientos del tema, ya que el seguro se agarraria a lo que pudiera para no pagar, creo yo.
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#210363
Peluo2,

-La obligatoriedad de la instalación de pararrayos la marca efectivamente el CTE en el artículo SU8. Realmente lo obligatorio es realizar el estudio, en unos casos saldrá obligatorio la instalación y otros sólo recomendable.
-La revisión, basada en inspección visual del cabezal, continuidad eléctrica del conductor bajante y medida de la tierra, la puede hacer cualquier instalador (no requiere de especialidad) y se ha de hacer después de cada impacto o periódicamente (anual o bianualmente, según nivel de protección, el cual sale como resultado del estudio).
-La inspección se basa en los tres puntos que hemos comentado. Lo único a destacar es que la lectura de la tierra ha de ser inferior a 10ohmios ( la tierra ha de estar desconectada del resto de tierras en el momento de la medición).

Yo trabajo con la firma Cirprotec (http://www.cirprotec.com/) y no he tenido nunca ningún problema, puedes llamar al departamento técnico para que te asesoren (http://www.cirprotec.com/asistencia.php).


Espero haberte ayudado.

Manu
por
#332852
Aprovechando la pagina, conoceis empresas que dispongan de mantenamiento de pararrayos de manera inalámbrica? por ejemplo de la empresa Franklin France que dispone uno.

También queria preguntar empresas fabricantes de pararrayos internacionales?
Avatar de Usuario
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#332896
¿pararayos internacionales son los que los pones aqui y te protegen en qatar o que exporten a todo el mundo?

¿Mantenimiento inalambrico?
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