Angustias escribió:Se supone que las nuevas modificaciones, sobretodo en materia de eficiencia energética van dirigidas a hacer edificios más sostenibles. Hasta ahora ha sido un tema menor en construcción y creo que debemos empezar a tenerlo presente de manera seria, porque es mucho el dinero que se puede llegar a ahorrar. Lo que no me termina de quedar claro es que en principio es de aplicación para nueva construcción, pero no sé si para rehabilitaciones también. Y dentro de rehabilitaciones en qué tipo de reformas o rehabilitaciones.
Documento Básico HE
IV Criterios de aplicación en edificios existentes
Criterio 1: no empeoramiento
Salvo en los casos en los que en este DB se establezca un criterio distinto, las condiciones preexistentes de ahorro de energía que sean menos exigentes que las establecidas en este DB no se podrán reducir, y las que sean más exigentes únicamente podrán reducirse hasta el nivel establecido en el DB.
Sección HE 0
Limitación del consumo energético
1 Ámbito de aplicación
1 Esta Sección es de aplicación en:
a) edificios de
nueva construcción y
ampliaciones de edificios existentes;
b)
edificaciones o partes de las mismas que, por sus características de utilización, estén
abiertas de
forma permanente
y sean acondicionadas.