En principio tendrias que ver el tiempo que vayas a tardar y la entidad de la actividad, porque entre que te lees el proyecto, los anexo que tengan, el final de obra, para ver que es lo que se hizo "legalmente" con respecto a lo que hay en la realidad, tardas un ratillo.
Luego esta el tema de visado y demas que normalmente son tasas minimas. Ten en cuenta que desde ese momento te haces cargo de que las instalaciones y todo, igual que si fuera el final de obra, estan ejecutadas conforme a proyecto y anexos, aunque claro esta, no has tenido que seguir la obra.
Tambien ahora me salen las siguientes dudas.
En principio, bajo fallo por calculo en proyecto, entiendo que la responsabilidad recaería sobre el proyectista, pero, ¿en que punto estaría el técnico que firmo el final de obra? ¿quedaría ya exento de responsabilidad despues de que presentes el certificado de persistencia de seguridad de las instalaciones?
Normalmente por un cambio de una actividad de bar normalito suelen ir los honorarios por 300 euros, no se como lo veis los demas compañeros