- 22 Nov 2007, 17:41
#34139
Hola a todos.
Realizando la memoria de adaptación de un local en bruto para bar-cafetería me ha surgido la siguiente duda en relación al cumplimiento de la sección HS 2 del DB de salubridad.
Es en referencia a la recogida y evacuación de residuos.
El local está integrado en la planta baja de un edificio de reciente construcción pero anterior al CTE. Por eso no estoy seguro de tener que aplicar ahora esta sección, ya que el almacén de contenedores o el espacio de reserva se calcula para la totalidad del edificio.
Eso por un lado, pero luego también si atendemos a esta otra condición:
"2 Para los edificios y locales con otros usos la de mostración de las exigencias básicas debe realizarse mediante un estudio específico adoptando criterios análogos a los establecidos en esta sección", se deduce que si tengo que aplicar esta sección y seguir los mismos pasos que indican.
Siguiendo los pasos indicados tengo que establecer un espacio de reserva pero no puedo calcular su superficie ya que no se como estimar el "número de ocupantes habituales del edificio que equivale a la suma del número total de dormitorios sencillos y el doble de número total de dormitorios dobles"...
Asique he pensado en poner el espacio de reserva mínimo que es de 3,5 m2.
¿puede alguien corregirme en lo que esté equivocado?
Gracias y un saludo.