[quote="Carlos_Asturies"]Lo primero, gracias IvanCarlos... ahora respondo en otro color.
Creo qora entiendo mejor la problemática planteada...

:
Estoy de acuerdo, pero aún así debo fijar un nivel de riesgo de incendio para el área de incendios en función de la carga de fuego prevista. Ahí esta el problema. Y mi duda es, ¿debo tener en cuenta el almacenamiento subterráneo como si estuviera en superficie? Porque eso es al final lo que hago según las formulas del RSCIEI, salvo porque reduzco el riesgo de activación. Si la actividad del área D es sólo por la presencia de depósitos enterrados de gasoil, ahí yo no aplicaría el cálculo del RSCIEI sino que justificaría el cumplimiento de las medidas de la ITC de petrolíferas: Al fin y al cabo es dar cumplimiento al Art. 1 del Reglamento.En esto no estoy de acuerdo, como ya le explique a un compañero. Sería Tipo B, si el sector de incendios perteneciera a un establecimiento industrial y el área de incendios perteneciera a OTRO establecimiento. En este caso, tanto sector como área de incendios pertenecen al mismo establecimiento, por tanto, en ningún caso podría considerarlo como TIPO B.Muerto el perro se acabó la rabia...

:Tienes un estableciento tipo C con una zona exterior donde hay instalaciones específicas que deben cumplir con su ITC .