- 11 Dic 2014, 00:22
#347127
En algunos de los Ayuntamientos en los que trabajo, incluso previamente al Decreto-Ley 5/2014 de la Junta de Andalucía, las actividades se tramitan/tramitaban mediante Declaración Responsable. Ahora bien, las actividades calificadas fuera del ámbito de la Ley 12/2012 y sometidas a Calificación Ambiental, han de pasar el trámite previo de medio ambiente, y una vez que tienen el dictamen favorable de C.A. se puede solicitar la Declaración Responsable. Lo cual si lo piensas tiene su lógica, porque esas actividades son molestas en algún sentido (generalmente ruidos sobre todo) y el Ayto. de turno tiene que comprobar que en la documentación se tienen en cuenta todos los factores susceptibles de ser molestos o nocivos para personas y medio ambiente, y que las medidas correctoras propuestas cumplen la normativa vigente en la materia y, lo más importante, cumplen su cometido de minimizar o eliminar los factores molestos.
Mi consejo: El Ayuntamiento, que es el organismo competente, debería tener publicada la ordenanza municipal reguladora del procedimiento y ahí lo puedes leer. Y si no es accesible o no está actualizado por ser relativamente reciente el 5/2014, con preguntar al servicio de aperturas/actividades, que es el que va a autorizar la actividad, resuelves la duda.
Saludos;