Trámites ante la Administración, empresas suministradoras, etc.
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#349464
Tengo delante el PCAP que rige el concurso de lición de una obra promovida por una administración pública. Y me encuentro una cosa curiosa. Es un concurso abierto y entre la documentación a presentar se incluye un sobre referente a "Criterios de adjudicación valorados mediante un juicio de valor". En los anexos del pliego especifica que no son de aplicación mejoras o variantes, y en un anexo se fijan los criterios objetivos de valoración de la documentación que se debe presentar; correspondiéndose con unos contenidos de esa documentación: conocimiento del proyecto, accesos y circulaciones,..., programación de las obras, circunstancias específicas,... etc. Hasta ahí todo normal.

Pero previamente hay otro anexo referente al sobre que contendrá esta parte de la oferta y la forma de presentación. Para dejar las cosas claras me detendré un poco. En el PCAP la cláusula que se refiere a la presentación de la oferta dice:
"Sobre número 2: Documentación relativa a los criterios de adjudicación valorados mediante un juicio de valor.
En este sobre número 2 se incluirá la documentación a que se refiere el anexo IV, que en todo caso deberá incluir la documentación justificativa de que la oferta cumple las exigencias establecidas en el pliego de prescripciones técnicas y en el proyecto cuyas obras son objeto de licitación. Se presentará perfectamente clasificada por apartados y siguiendo la misma estructura que se contiene en el citado anexo."
Y luego hace referencia a las posibles mejoras y a los anexos correspondientes que, como he dicho antes, en este caso no son de aplicación. Subrayo la expresión: "... deberá incluir la documentación justificativa de que la oferta cumple las exigencias establecidas en el pliego de prescripciones técnicas y en el proyecto...".
Más adelante en la forma de valoración de las proposiciones se remite al anexo donde figuran los criterios y baremo de puntuación de que hablé antes; que están en otro anexo.

Pero lo curioso es cuando voy a este Anexo IV y me dice que:
"... el sobre 2 deberá contener necesariamente la siguiente documentación:
1. Documentación justificativa de que la oferta cumple las exigencias establecidas en el pliego de prescripciones técnicas y en el proyecto cuyas obras son objeto de licitación.
2. Documentación justificativa para la valoración de los criterios de adjudicación que se valoran mediante un juicio de valor."

Y claro me vuelvo a encontrar en el punto 1 la misma expresión de antes. "1. Documentación justificativa de que la oferta cumple las exigencias establecidas en...".
Y no entiendo muy bien éso. La cláusula 2 está muy clara y es lo ya comentado de la memoria, las condiciones de implantación, programación, rendimientos, etc, etc. Con sus criterios de valoración y su baremo. Pero, ¿como debe entenderse el punto 1?
Veamos: en la cláusla correspondiente del PCAP me dice taxativamente que la forma de presentación debe atenerse al anexo IV, y en este me dice taxativamente que que tengo que presentar justificación (documentación justificativa que es lo mismo) del cumplimiento del PPT y del Proyecto.
Primero, que el concurso establece un PCAP, pero no establece un PPTP (otros sí, hacen referencia general al proyecto y a veces a alguna otra cláusula que concreta aspectos del mismo como una determinada calidad de un material o el empleo de un determinado método de ejecución e el empleo de determinado equipo para la ejecución de determinada partida. O hacen hincapié en la forma de plantear la Calidad de ejecución, etc.
Pero en este caso no hay un PPTP del concurso; está el PPT del Proyecto. Por lo que entiendo que debe referirse a justificar el cumplimiento del mismo (y del proyecto, lo que para empezar es redundante). Ahora bien: ¿cómo se justifica el cumplimiento del PPT del proyecto o el proyecto mismo? En la oferta yo puedo comprometer lo que pienso hacer, pero no justificar el cumplimiento de algo que aún no he hecho. El punto 2 del anexo IV es típico y hace referencia a la exposición de la empresa que presenta la oferta de cómo tiene pensado hacer las cosas. Pero el punto 1 es de imposible cumplimiento; todo lo más que puedes presentar es un "Compromiso de Cumplimiento" del PPT del proyecto y del proyecto mismo. Lo mismo que tu comprometes un plazo de ejecución, pero es imposible que en la oferta presentes una justificación del plazo ejecutado. Presentas una programación que lo que establece es la "viabilidad" del plazo, en base a una "racionalidad" del programa, presentas un "comproimiso de ejecución en determinado plazo", presentas lo que quieras... pero NO PUEDES PRESENTAR nada que justifique que has cumplido el plazo. De igual forma con todos los otros compromisos que se suelen meter en ese sobre de la oferta, compromisos de suministro de materiales, de maquinaria y equipos, de personal, de aceptar las mediciones de proyecto, etc; "compromisos", pero nunca "justificaciones".

Y bien después del tocho (perdón por él pero me gusta dejar clara la consulta). ¿A alguien se le ocurre algo que no sea lo obvio de presentar un compromiso de respeto al PPT y al proyecto y si acaso cogerse el PPT del proyecto y sacar de él (esa es otra, la de cosas que no son de aplicación que hay en los pliegos de proyectos) las referencias a materiales, normas y procedimientos-equipos de ejecución y machacar una lista de: ...que se usarán tales materiales, tales procedimientos, tales equipos y ajustándose a tales normas... y bla, bla, bla. ¿O simplemente pasar de 1 e ir directamente a 2) que es donde de verdad explicas lo que vas a hacer y como piensas hacerlo, y que es la documentación habitual (dentro de que suele cambiar de un concurso a otro pero vaya que está por así decirlo, delimitada). ¿Cómo debería enfocarse este tema?

NOTA: sería muy agradecer la aportación de alguien que haya estado esté en mesas de contratación/valoración técnica de ofertas; que sé que alguno hay.
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