- 17 Feb 2018, 12:56
#362643
Yo creo que sí es posible, dentro del marco de un contrato de servicios que puede subscribir un autónomo.
En relación a la RC es un tema que debe tratarse muy escrupulosamente.
Lo ideal sería que la compañía aseguradora de la empresa emitiera un certificado manifestando que el jefe de obra (con nombre y apellidos) queda también cubierto por la póliza de seguros de la empresa (con lo cual entiendo que en caso de siniestro no podrían repetir contra el jefe de obra pues ellos son los que le cubren). Ello puede tener cierto coste extra. Yo conozco algún caso de este tipo de certificados para una determinada obra en concreto.
Quizás la compañía aseguradora no acceda a emitir este certificado, con lo cual el tema se complica (y mucho, si la obra es grande) puesto que el jefe de obra debería contratar un seguro que le cubriera con cuantía suficiente para hacer frente a una posible demanda por RC de su cliente.
En este caso hay algunos colegios en los que se pueden visar las funciones de jefe de obra, delegado del contratista, o similares y quedan amparadas por el seguro de RC colegial. Debería consultarse al colegio en cuestión.
Lo que sí creo que siempre queda fuera de las coberturas de RC es la responsabilidad referente a pérdidas económicas que sufriera la empresa por el propio negocio empresarial. Este tema lo desconozco pero creo que debería tratarse en el contrato de servicios entre la empresa constructora y el jefe de obra en el sentido que si la gestión económica no es fraudulenta no se podría hacer responsable de las pérdidas en el negocio al jefe de obra.