- 03 Dic 2020, 13:17
#369653
Buenos dias a todos, llevo bastante rato buscando otros hilos para no repetir pero no he encontrado una respuesta específica para mi duda, si existe algun hilo que no he visto pido disculpas por adelantado.
Vereis, tengo una serie de cuadros eléctricos legalizados con reglamento 73 y ahora se pretende ampliar la instalación (solo algunas lineas de cada cuadro, y siempre para ampliar alumbrado) y veo que hay dos casos diferentes:
1- Cuadros en via pública que solo llevan alumbrado público.
2- Cuadros en local de pública concurrencia que tienen algunas lineas (que son las que he de ampliar) que alimentan alumbrado público.
La duda me surge a la hora de legalizar estos cuadros una vez ejecutada la ampliación (que obviamente ejecutaré segun REBT2002. En principio en ningun cuadro voy a ampliar más del 50% de lo existente. Entiendo que en los de tipo 1 no he de adaptar toda la instalación a REBT2002 al ser alumbrado público (si no es así me corregis) pero los del tipo 2 al estar el cuadro en local de pública concurrencia... por una simple ampliación/modificación he de adecuar toda la instalación a REBT2002? Por lo que voy leyendo parece ser lo que se pide... a ver si me podeis poner luz a esto.
Muchas gracias a todos de antemano.