- 05 Feb 2010, 08:41
#205742
uffff. normativa...
La legislación sobre prevención de riesgos (LPRL, Reglamento Sistemas de Prevención, RD que los complementan, y guías técnicas de referencia), no es el de indicar de forma exacta todos los requisitos técnicos, sino requisitos genéricos (aunque algunos datos sí son concretos, temperaturas en lugares de trabajo, ruido, etc.).
Excepto los pocos casos en los que concretan límites etc., casi siempre lo dejan todo a criterio del técnico. O sea, que no creo que encuentres ninguna norma que te de una respuesta exacta y concreta "para trabajos de corte radial, usar gafas tipo XXXX" (si me equivoco, que alguien me corrija).
Lo que es obligatorio es hacer la evaluación de riesgos del puesto por parte de un Técnico en Prevención... como probablemente sea una evaluación compleja, debe ser Técnico "Superior". Que será quien diga si es necesario o no, y de qué tipo, en base a su criterio profesional.
En el caso que expones, se produce una proyección de partículas, además, calientes, pero tienen una energía cinética baja.
Por lo tanto, es muy probable que sean suficientes las gafas de protección homologadas para partículas de baja energía.
Probablemente te servirán las gafas más económicas. Son integramente de policarbonato (montura y "cristal" son todo de una pieza), y no son suficientes para trabajar, por ejemplo, con una máquina herramienta, pero si se trata de una proyección de partículas de baja energía, entonces yo considero que sí.
Además, las hay que se ponen sobre las gafas de uso habitual.
Debes asegurarte de que esas gafas protegen también la posible entrada por el lateral. Seleccionalas que sean relativamente cerradas. No es necesario que sean estancas, como para proteger de salpicaduras, pero sí que no dejan aberturas significativas (diría que actualmente ya son todas así).
Audentes Fortuna Iuvat