Dudas relativas a la documentación proyectual y dirección facultativa
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#4145
Hola a todos. Antes que nada, felicitaros a todos por este estupendo foro. Estoy empezando ahora a hacer proyectos, compaginándolo con mi trabajo actual (estoy en un OCT, revisando estructuras de hormigón) y me surgen millones de dudas. Voy con una de ellas:

Tengo que hacer un proyecto para un taller de soldadura que lleva un monton de años funcionando sin licencia y ahora quieren legalizarlo ¿qué información necesito de la nave? Es decir, ¿necesito justificar la resistencia al fuego de la nave y las instalaciones ya realizadas o me basta con presentar el proyecto de la nave? ¿y si no hay proyecto de la nave? o peor aún ¿y si la nave se hizo hace 20 años con palitos y cañas y no hay ninguna documentación?

Agradezco cualquier ayuda que me puedan dar.
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#4153
- Proyecto de actividad calificada.
Tienes que justificar la seguridad contra el fuego. Y si no cumple, pues proyectar unas medidas correctoras para que lo cumpla (ignifugación, extintores, ...)

Ventilación, vibraciones, ruido al exterior o colindantes,...

- Ejecución de las instalaciones.
Realizar las medidas correctoras expuestas en el proyecto.


- Certificar el proyecto.
Certificar que el proyecto se ha llevado a cabo con las modificaciones que hayan tenido que hacerse durante la ejecucion de las instalaciones y que las instalaciones cumplen con lo reglamentario.

Mas o menos es así.
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#4154
¿Sólo es "ilegal" la actividad o también la construcción de la nave? Comprueba este extremo primero. A partir de ahí deberás enfocar tu trabajo. En ambos casos tendrás que justificar toda la normativa sectorial y genérica que sea de aplicación. Si no hay proyecto de ejecución tendrás que pasarte por el tajo y tomar todos los datos que necesites para definir tu trabajo.
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#4216
Es posible que también se te dé el caso de que la documentación existente sólo esté disponible en formato papel. En este caso, algo es algo.
Esto quiere decir que, en caso de que haya que modificar/ampliar alguna parte de la instalación, pues va a estar jodidillo poder reflejarlo en los pertinentes planos de proyecto sobre todo. Memoria y el resto de documentos, pues
A mí me pasó una vez, y me tuve que hacer los planitos yo a pelo... :oops: :roll: Una brasa demencial! :mrgreen:
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#4222
Todo todito. Lo primero si es adosada, prepárate para la franjita de 1 metro de altura en la medianera (es que ya me han tocado dos así y es lo primero que miro porque la solución es penosa con un falso techo de 1 metro de anchura), después comprobar sectorizaciones, instalaciones CPI, recorridos de evacuación, salidas, etc.. Mirar normativa urbanística, si la calificación del suelo es compatible con la actividad. Todo el CTE, etc.... etc.... Un chollazo!
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#4227
Cuidado haz unos números previos antes de empezar a currar porque cuando le digas por lo que le sale la broma igual cambia de idea y tu te has matado a trabajar para nada y ahora ponte a pelear para cobrar
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#4380
Aunque la construcción de la nave esté legalizada, a lo mejor lo que no está legalizado son las posibles construcciones que se han ido haciendo en el interior de la nave (altillos, construcción de aseos, oficinas, etc.).

Entonces el proyecto de la actividad deberá estar acompañado del correspondiente proyecto de habilitación y reforma interior para la licencia de obras de esa reforma. Y en este caso, ojo con las superficies construidas porque a lo mejor te pasas de edificabilidad, con lo que a lo mejor no te conviene declararlas y confiar en la buena voluntad del técnico del ayuntamiento.

Como ha dicho algún compañero, en caso de que la actividad sea compatible, etc. ves diciendole al cliente que vaya preparando euritos, si no para este momento, para antes de certificación final de instalación.

Un saludo
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#4455
Muchas gracias a todos por vuestras respuestas. Antes que nada, voy a hacerle caso a Raulgz y a ver todo lo que le tengo que hacer al hombre este y prepararle una relación de todos los gastos que va a tener que hacer. Si sobrevive al infarto hablaremos de si finalmente legaliza o no.
Ya os contare.
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#344638
Refloto el hilo porque estoy en un caso similiar. Me han encargado el proyecto de actividad para un taller mecanico en una nave existente. Me surge la siguiente duda, el RSCIEI en su anexo II punto 3.- Materiales dice:

Las condiciones de reacción al fuego aplicable a los elementos constructivos se justificarán:
a) Mediante la clase que figura en cada caso, en primer lugar, conforme a la nueva clasificación europea.
b) Mediante la clase que figura en segundo lugar entre paréntesis, conforme a la clasificación que establece la norma UNE-23727.


¿Debo aportar un certificado de que cumple con esas condiciones? o, ¿se puede justificar la reacción al fuego según los anejos del CTE-DB-SI?

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