Si puede, claro.. pero ha de cotizar como Atónoma.
No puedes cotizar como régimen general por cuenta agena si dispones de mas de un 25% en la participación de la empresa que te contrata.
Por lo demás, cualquiera puede cotizar siempre que quiera... se saca un IAE, ( es gratis esto) , se da de alta como autónoma en la SS y a prestar servicios a terceros..
Por ejemplo a la propia empresa Familiar.
En este supuesto, el pago sería con factura y demás, ( no con nomina) y deberá presentar trimestrales de IVA y IRPF, (mod 130 y 300) , resumen anual del IVa , ( ahora en enero, antes del 31) y resumen anual en junio del IRPF, como todo el mundo.
Si opta por una nomina, ha de cotizar igual por cuenta propia, pero No ha de haces mas declaración que la anual del IRPF.
Espero te aclare esto..
No puedes cotizar como régimen general por cuenta agena si dispones de mas de un 25% en la participación de la empresa que te contrata.
Por lo demás, cualquiera puede cotizar siempre que quiera... se saca un IAE, ( es gratis esto) , se da de alta como autónoma en la SS y a prestar servicios a terceros..
Por ejemplo a la propia empresa Familiar.
En este supuesto, el pago sería con factura y demás, ( no con nomina) y deberá presentar trimestrales de IVA y IRPF, (mod 130 y 300) , resumen anual del IVa , ( ahora en enero, antes del 31) y resumen anual en junio del IRPF, como todo el mundo.
Si opta por una nomina, ha de cotizar igual por cuenta propia, pero No ha de haces mas declaración que la anual del IRPF.
Espero te aclare esto..