- 25 Ene 2008, 12:16
#47282
Hola a todos,
Tengo una duda sobre la pendiente que debe tener un colector enterrado en una zona de urbanización, tipo: un vial entre dos edificios. Es un vial que, aunque es privado, en realidad es una calle en la el coletor que recoge el agua de los dos edificios tiene que recorrer 300 metros hasta el colector público.
El problema es que mirando normativa, el CTE te dice que colectores enterrados deben tener una pendiente mínima del 2% y si tengo que aplicar esta pendiente, después de 300 metros llego al colector por debajo.
Quería saber si existe alguna normativa más tipo: saneamiento en vías públicas, zonas de urbanización..., a la que pueda acogerme que no tenga unas condiciones tan restrictivas en cuanto a pendientes mínimas.
La verdad es que la cosa es de risa, porque como la zona está muy cerca del mar, el colector general tiene una pendiente del 0.05%!!!
Gracias a todos.