Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#54609
Hola;

Una consulta de acometida.

Según el artículo 45 del RD1955/2000:

"la empresa distribuidora que haya de atender un nuevo suministro estará obligada a la realización de las infraestructuras electricas necesarias... cuando se trate de suministros en baja tensión con una potencia maxima solicitada de 50 kW".

El problema es que tengo una linea de MT que pasa por mi parcela e Iberdrola me dice que ya me da servicio en MT y cumple el articulo 45.

Yo el suministro que deseo es en BT y por tanto hay que situar un CT.

¿Están obligados a situar un CT y pagarlo ellos o lo tengo que pagar yo?

Gracias
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#54616
¿qué potencia estás pidiendo?
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#54622
Potencia y tipo de suelo?....te toca pagar por lo leído en post anteriores
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#54623
Estoy solicitando menos de 50 kW.
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#54628
Solicito 50 kw y el suelo es urbano.

La duda es que la normativa dice que tienen que proporcionar las insfraestructuras para que me llegue... pero no se si es para que me llegue en baja o en media???
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#54632
Aunque pidas menos de 50 Kw si el suelo de tu parcela no esta calificado como suelo urbano con condición de solar te toca realizar la infrestructura eléctrica que necesites. Suerte tienes al contar con dicha LMT en tu parcela.

SALUDOS
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#54633
Yo entiendo que deben suministrarte en baja... pero las compañias ya sabemos que no son DIos pero a veces lo parecen.
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#54652
OK, es suelo urbano pero ¿tiene la condición de solar?

Para ello debe cumplir con lo dispuesto en la ley de régimen del suelo (ley 6/1998), para que tu suelo sea considerado como tal.
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#54800
Según la ley que comentais es solar. Por lo tanto cumple que me tienen que suministrar... pero tiene que ser en baja o en media???

LLevo poco pero ya empiezo a odiar a Iberdrola
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#54839
Bien la cosa creo que ya esta clara. Aquí la infraestructura eléctrica ya existe y evidentemente Iberdrola te va a dar la tensión de suministro en MT por lo que tu debes instalarte tu CT o trafo en poste. La acometida será entre su línea y el punto de entrega que acordéis.

Pero si pides un suministro monofásico hasta una potencia de 14,49 Kw (Justificada) puedes exigir a iberdrola que te suministre en BT según IT-BT-10 punto 6.

Habrá seguramente discrepancia y deberá resolver la Administración.

Si realmente requieres los 50 Kw, vete llamando a una empresa instaladora.
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