Limitación de demanda energética, instalaciones térmicas, eficiencia energética, instalaciones de iluminación, contribución fototérmica, contribución fotovoltaica
por
#618
Tengo una duda sobre la aplicación del RITE en el código técnico:
Me han dado en enero de 07 una licencia de obras, con lo que es de obligatoria aplicación el DB-HE,DB-SI (derogan la nbe-cpi96 y la nbe ct-79) y el DB-SU pero no el DB-HS ¿cierto?. En climatización he de aplicar el RITE, pero si el rite me hace referencia al NBE-CT79 y a la NBE-CPI96 ¿he de aplicar estas dos últimas?¿o bien ya el DB-SI y el DB-HE?.

saludos,
por
#622
Debes de aplicar el codigo tecnico puesto que las otras estan derogadas.

De todas forma no te apures que dicen la malas lenguas queen mayo sale el nuevo RITE.
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