El decreto 326/2003 ya regula la actuación de los técnicos acreditados. Asimismo, este tema se regula de forma específica en la Orden de 26 de junio de 2004 (http://www.ruidos.org/Normas/Orden_And_040629.html)
En cuanto a lo segundo que planteas, tienes razón, existen ayuntamientos en los que aún no se exige que el técnico que redacta el estudio acústico esté acrditado y otros en los que si, a mi me han sucedido ambos supuestos.
Acreditarse para redactar estudios acústicos (no mediciones acústicas) es sencillo, solo debes entregar un escrito en el que solicitas que te incluyan en la lista de técnicos acreditados, acompañado de una fotocopia del NIF, otra del título y un documento que certifique que tu seguro de responsabilidad civil te cubre en este tipo de actuaciones. El escrito has de entregarlo en la Delegación de Medioambiente de tu provincia y a esperar.
Se me olvidaba comentar que también debes contempla lo que se indique en las ordenanzas municipales del lugar donde estes redactando el estudio.
Un saludo.
En cuanto a lo segundo que planteas, tienes razón, existen ayuntamientos en los que aún no se exige que el técnico que redacta el estudio acústico esté acrditado y otros en los que si, a mi me han sucedido ambos supuestos.
Acreditarse para redactar estudios acústicos (no mediciones acústicas) es sencillo, solo debes entregar un escrito en el que solicitas que te incluyan en la lista de técnicos acreditados, acompañado de una fotocopia del NIF, otra del título y un documento que certifique que tu seguro de responsabilidad civil te cubre en este tipo de actuaciones. El escrito has de entregarlo en la Delegación de Medioambiente de tu provincia y a esperar.
Se me olvidaba comentar que también debes contempla lo que se indique en las ordenanzas municipales del lugar donde estes redactando el estudio.
Un saludo.